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title: "A 5 años y un día de cárcel efectiva es condenado hombre que trató de estrangular a su pareja en Curacautín"
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description: "El Tribunal Oral de Temuco condenó al sujeto por el ser el autor del delito de femicidio en grado tentado de su conviviente."
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tags:
  - "Comuna de Curacautín"
  - "Fiscalia"
  - "Ministerio Público"
  - "Región de La  Araucanía"
  - "Tribunal Oral de Temuco"
  - "Violencia de género"
  - "Violencia intrafamiliar"
author_name: "Equipo AraucaniaDiario"
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category_name: "La Región"
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# A 5 años y un día de cárcel efectiva es condenado hombre que trató de estrangular a su pareja en Curacautín

![5 años y 1 día de carcel.](/download/multimedia.normal.a69e6be340a53cb7.352061c3b16f73207920312064c3ad612064652063617263656c2e5f6e6f726d616c2e6a706567.jpeg)

*Imagen referencial*

El fiscal Esteban Bustos acreditó que los hechos ocurrieron el día 6 de diciembre de 2020, alrededor de las 00:30 horas, en el interior de un domicilio de la comuna de Curacautín. *“En estado de ebriedad y luego de agredir a su conviviente, procede a tomarla fuertemente del cuello con ambas manos, procurando darme muerte”,* comentó.

La víctima logró zafarse de este ataque y salir del domicilio que compartía con el agresor en busca de auxilio. Producto de la agresión resultó con un derrame ocular y lesiones en cuero cabelludo y en zona cervical anterior, según formulario de atención de urgencias extendido por hospital local de la comuna de Curacautín.

El tribunal compartió la calificación jurídica de la Fiscalía y resolvió condenar a José Lorenzo Riquelme Inostroza por su participación como autor en un delito de femicidio en grado tentado, por el intento de estrangulamiento, y no por lesiones en contexto de violencia intrafamiliar como lo solicitaba la defensa.

> *“El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco acogió esta solicitud de el Ministerio Público y condenó en definitiva al acusado a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de femicidio tentado",* destacó el fiscal Esteban Bustos.

La pena impuesta, dada su extensión, deberá ser cumplida por el condenado de manera efectiva.

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