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canonical_url: "https://araucaniadiario.cl/contenido/20639/tricel-aun-no-resuelve-asignacion-de-cupos-paritarios-en-la-region"
title: "Tricel aún no resuelve asignación de cupos paritarios en la región"
article_type: "Article"
description: "Según sentencia recién emitida, en el caso del candidato a consejero constitucional Mario García, el Tricel señaló que no es el Servel el llamado a asignar los cupos. El máximo tribunal electoral del país desestimó su reclamación sin pronunciarse aún sobre los cupos paritarios quedando en suspenso quién sube y quién bajará en definitiva."
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date_published: "2023-05-26T07:27:00-04:00"
date_modified: "2023-05-26T06:23:52-04:00"
tags:
  - "Cupos paritarios"
  - "Servel"
  - "Tricel"
author_name: "Equipo AraucaniaDiario"
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category_name: "La Región"
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# Tricel aún no resuelve asignación de cupos paritarios en la región

![TRICEL CHILE](/download/multimedia.normal.a3414c27845f187a.VFJJQ0VMIENISUxFX25vcm1hbC53ZWJw.webp)

*TRICEL CHILE*

Sin un pronunciamiento quedó la reclamación realizada por el candidato a consejero constitucional Mario García (Partido Republicano), que pedía "enderezar" las cosas y que no le afectara la corrección por género que publicó el Servicio Electoral del país (Servel), luego de que lo bajaran y subieran en su lugar a la candidata Mariela Fincheira, quien fue candidata por su misma colectividad.

Lo anterior porque -según explicó- no le corresponde al Servel resolver quién sube y quién no, ya que eso es resorte únicamente del Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), entidad que analizará e interpretará las reglas de paridad cuando corresponda hacerlo. Por lo mismo, declaró inadmisible la reclamación de García, ya que aún no se pronuncia al respecto.

"*Que, conforme a lo expuesto, la reclamación es inadmisible, toda vez que en la misma sólo se hace presente la interpretación que el compareciente pretende darle a las normas contenidas en la Carta Fundamental para resguardar la equidad de género, materia que no puede ser resuelta por el Servicio Electoral, puesto que el ordenamiento jurídico otorga exclusivamente a este Tribunal la facultad de llevar a cabo el escrutinio y la calificación de la elección y es en ese proceso en que se analizarán e interpretaran las reglas de paridad expresadas en el referido artículo 144, lo que quedará expresado en la sentencia de proclamación*", resolvió el Tricel.

Así las cosas, será el Tribunal Calificador de Elecciones quien decidirá finalmente si las reglas de paridad que ordenan ajustar los cupos sobre los partidos o pactos "menos votados", aplican también sobre el partido "más votado". De no ser así, podrían haber ajustes a los consejeros anunciados en todo el país y no solo en La Araucanía.

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