La Región Por: Tania Marquez 15/04/2020

137 reos solicitan libertad condicional y debido al coronavirus se sesionará por video conferencia

Hasta hoy funcionará la comisión que analizará las peticiones de los internos, sumado a la pandemia que hoy afecta al país y al hacinamiento al interior de los recintos penitenciarios. La tarea de la Comisión de Libertad Condicional es aplicar la norma legal, en base a los informes de conducta entregados por cada unidad penal.

La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Temuco comenzó ayer martes la revisión de los antecedentes de 137 internos de las distintas unidades penales de la región, que postularon a este derecho y que hoy han solicitado la medida considerando además la pandemia.

Esta comisión se rige por el Decreto Ley Nº 321 y aunque funciona durante todo el año, en abril y octubre tiene sesiones ordinarias para analizar las solicitudes de libertad condicional de los internos de los penales y centros de estudio y trabajo de Angol, Lautaro, Victoria, Pitrufquén, Traiguén, Curacautín, Vilcún, Villarrica, Nueva Imperial, Collipulli y Temuco.

Este año, el grupo de comisionados es presidido por el ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, Aner Padilla Buzada e integrada por la magistrada Patricia Abollado, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco; los jueces Alfredo Cox y Francisco Boero, del Tribunal de Juicio Oral de Angol, y el juez Luis Sandoval Berrocal, del Juzgado de Garantía de Villarrica. En tanto el secretario (s) de la Corte de Apelaciones, Christian Álvarez, actúa como ministro de fe.

En el oficio N°53-2020, el presidente de la Comisión indica a los jueces integrantes y a los intervinientes del proceso -defensores penales públicos y encargado de estadísticas de Gendarmería- que debido a la contingencia sanitaria, este año se sesionará de manera virtual.

En consideración al impacto que ha causado en nuestra nación la enfermedad Covid-19, en particular, la incidencia que está teniendo en el sistema judicial Chileno, que ha obligado a adoptar inéditas medidas para asegurar el funcionamiento judicial urgente, y considerando la necesidad de llevar a cabo el proceso de libertad condicional ordinario primer semestre año 2020, por la trascendencia que tiene para la población penal, se hace necesario comunicar a usted que el mismo se materializará de manera digital, en formato de videoconferencia. Por lo anterior, y sin perjuicio que puedan adoptar previamente las medidas técnicas y administrativas pertinentes para asegurar la comunicación remota, nos contactaremos con ustedes la semana anterior a la sesión para efectos de remitirles las instrucciones en específico para realizar las conexiones pertinentes los días en cuestión”, señala el documento.

A fin de garantizar los derechos de los postulantes y otorgar transparencia en el proceso, el presidente de la Comisión de Libertad Condicional incorporó, al igual que en la sesión de octubre de 2019, a los defensores penales penitenciarios, a solicitud de la Defensoría Penal Pública, quien están presentes durante toda la audiencia y cuando los informes son desfavorables al interno, el ministro Padilla le otorga  la palabra, a fin de resolver el otorgamiento de la libertad condicional con todos los antecedentes.

Durante dos días, la instancia resolverá solicitudes de otorgamiento de libertad condicional a los postulantes que cumplan con los requisitos que la ley establece, como por ejemplo: el tiempo de cumplimiento de la condena que se le impuso, en algunos casos, atendido el delito cometido, la mitad de su condena y otros los dos tercios de ella; el haber mantenido una conducta intachable en el establecimiento penal de acuerdo con los informes de Gendarmería; haber aprendido un oficio, si hay talleres en el recinto en el que se cumple condena, y haber asistido con regularidad a las escuelas y conferencias educativas del penal, estimándoseles en condiciones de ser reinsertados, por encontrarse corregidos y rehabilitados para la vida social.

Los requisitos para postular se encuentran establecidas en la ley N° 21.124 de 18 de enero de 2019, que modificó el Decreto Ley N° 321 de 1925, y la tarea de la Comisión de Libertad Condicional es aplicar la norma legal, en base a los informes de conducta entregados por cada unidad penal.

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