Tres brigadistas de CMPC fallecen en incendio forestal de Los Sauces
Otros trabajadores de la empresa resultaron con quemaduras y se espera su evolución en el hospital de Angol, donde fueron trasladados de urgencia.
Se fiscalizó al transporte interurbano de pasajeros entre el jueves 28 y el viernes 29 en la región.
La Región02/04/2024Equipo AraucaniaDiario SEl programa inspectivo totalizó 20 fiscalizaciones, 6 de las cuales culminaron con multas por un monto de $16.522.215 (255 UTM a su valor de marzo). En la región se realizaron fiscalizaciones en distintos terminales de buses de Temuco, Angol, Collipulli, Victoria, Loncoche y Villarrica.
El jueves la Directora Regional del Trabajo, Carolina Ojeda, encabezó el inicio de las inspecciones en el Terminal Rodoviario de Temuco, acompañada por la seremi del Trabajo y Previsión Social de la Región, Claudia Tapia, la seremi de Transporte y Telecomunicaciones, Mary Valdebenito y equipos del Municipio de Temuco.
Carolina Ojeda explicó el objetivo del programa de control: “Es de suma relevancia realizar programas de fiscalización de esta naturaleza, relevando la importancia del cumplimiento normativo en lo que respecta a las condiciones laborales de los conductores y auxiliares para que se respeten efectivamente la jornadas laborales que establece la ley”, recordando “que no se puede conducir más de cinco horas continuas, tiene que haber un descanso mínimo de dos horas entre esas cinco horas, el espíritu de nuestro servicio es velar por el cumplimiento normativo, dado que el descanso es fundamental para que todos los pasajeros y pasajeras lleguen seguros a sus destinos, por cierto también los trabajadores, por la vía del respeto de la jornada de trabajo de los conductores”
1.- Instalación y funcionamiento de dispositivos de registro automatizado de asistencia.
2.- Jornada y descanso:
- Tiempo máximo de conducción continua (5 horas)
- Descanso mínimo entre turnos de conducción (2 horas)
- Jornada Excepcional Autorizada
Las infracciones factibles de ser sancionadas tenían un monto mínimo de 3 ($64.793) y un máximo 60 ($3.887.580) UTM (al valor de marzo) si se constataba:
- Manejar más de 5 horas continuas
- No otorgar descanso mínimo de 2 horas
- No llevar correctamente registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo
- No llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo
- No otorgar descanso semanal compensatorio
- No cumplimiento de resolución fundada que autoriza sistema excepcional de distribución de jornadas de trabajo y descanso.
- No se realizaron suspensiones a tripulantes, ya que no se dieron los posibles supuestos infraccionales que pueden ser:
- No está instalado el registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo
- Está instalado sin funcionamiento: de acuerdo a declaración del trabajador, es posible advertir que se estaba frente a infracciones de conducción y descanso.
- Está instalado y en funcionamiento: se suspendería si el reporte impreso arrojaba infracciones a las normas de conducción y descanso.
Otros trabajadores de la empresa resultaron con quemaduras y se espera su evolución en el hospital de Angol, donde fueron trasladados de urgencia.
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