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Las multas podrían ir desde 1 hasta 30 UTM, de acuerdo con el profesor de Derecho Civil de la Universidad de Talca, Emilio Becar Labraña.
Chile y el Mundo14/02/2025
Equipo AraucaniaDiario S
Las vacaciones son un momento para disfrutar en familia, salir de la rutina y en muchos casos viajar fuera del lugar de residencia, lo que significa para quienes tienen mascotas buscar opciones que las incluyan o definir algún lugar donde las puedan cuidar durante su ausencia, no obstante, a algunos veraneantes se les olvidan sus responsabilidades frente a ellas, las abandonan o dejan sin el cuidado necesario, por lo que pueden arriesgar sanciones legales.
Algunos descuidos durante la época de verano pueden ser: salir y dejar sin comida y agua a las mascotas, encerrarlas en jaulas o amarrarlas sin posibilidad de transitar mínimamente, no disponer de un espacio con sombra en los patios ante las altas temperaturas, abandonarlas en la vía pública, o descuidar su salud.
Por otro lado, quienes viajan con ellas deben preocuparse de tener correas adecuadas para su traslado, al dejarlas dentro de los vehículos mantenerlas con una adecuada ventilación, y además realizar un correcto manejo de sus fecas.
Ante la irresponsabilidad en la tenencia de mascotas, el profesor de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Talca, Emilio Becar Labraña, explicó que las personas pueden denunciar y que, efectivamente, de acreditarse las faltas podría haber consecuencias legales.
“Los descuidos mencionados anteriormente constituyen una falta a los deberes propios de la tenencia responsable de mascotas, lo cual puede significar la imposición de una multa que puede comprender entre 1 y hasta 30 UTM, las cuales serán resueltas por los Juzgados de Policía Local, pudiendo incluso imponerse el doble de la multa en caso de reiteración”, indicó el académico.
El especialista agregó además que, las personas “en caso de detectar actos de violencia contra las mascotas, pueden presentar su denuncia ante la Fiscalía, Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones y los tribunales con competencia penal”.
A su vez, “las organizaciones promotoras de la tenencia responsable de mascotas o animales de compañía, cualquiera sea su domicilio dentro de Chile, pueden querellarse criminalmente. El recurso de videos, fotografías, testigos, son medios de prueba válidos en un proceso penal, y también en materia de juzgados de policía local, que conocen de las infracciones a la ley”.
El profesor Becar sostuvo además que, “existen algunas medidas judiciales especiales, a propósito de la infracción de los deberes propios de la tenencia responsable de mascotas. La más importante es que el juez puede ordenar el comiso de la mascota y su ingreso a un refugio de animales, o incluso a un centro de mantención temporal, o también su entrega a una persona que se designe al efecto y que acepte el cargo, por todo el tiempo que el juez determine”.
Daños a terceros
Si las mascotas causan daño a las personas o bienes ajenos, “quienes resulten afectados podrán demandar indemnización de perjuicios. Tales acciones las pueden ingresar en forma conjunta o con una denuncia o querella ante el Juzgado de Policía Local, o ante los Juzgados Civiles”, explicó el profesor.
Sobre aquello, el académico añadió que “en este caso, la pena que se podría aplicar va entre los 61 días a los 540 días, y los 541 días y hasta 3 años y un día de reclusión. Además, dependiendo de la gravedad del daño causado, podría comprender el pago de multas que van entre las 10 y las 30 UTM. Por último, existe una pena accesoria que es la inhabilitación absoluta perpetua para la tenencia de mascotas”.
Registro de mascotas
Es importante considerar que la inscripción de la mascota en el Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía, y su identificación, son obligaciones fundamentales impuestas por la ley, así como su eventual incorporación al Registro Nacional de Animales Potencialmente Peligrosos.
Las personas pueden completar los procesos de registro a través de la página web: www.registratumascota.cl, donde se explica la documentación que se necesita para completar el proceso. También puede hacerse presencialmente, en las oficinas de las Municipalidades. El no hacerlo constituye, por sí solo, un acto de infracción a la Ley de Tenencia Responsable.
Respecto a los viajes con mascotas, el profesor Becar, indicó que “las empresas de transporte aéreas y terrestres no pueden impedir la circulación de mascotas, debiendo adoptar las medidas necesarias para que sus tenedores responsables puedan viajar junto con ellas, adoptando estos últimos las medidas necesarias para impedir que causen daños a las personas o bienes ajenos”.Caninos potencialmente peligrosos
En el caso de aquellos especímenes caninos calificados como potencialmente peligrosos por el Reglamento de la Ley N° 21.020, entre ellos las razas Bullmastiff, Doberman, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Pitbull, Presa Canario, Presa Mallorquín, Rottweiler, y Tosa Inu, sus tenedores responsables deberán circular en lugares de libre acceso público con correa, arnés y bozal, mantenerlos en espacios dotados de cerco seguro y adecuado a sus características, contratar seguros de responsabilidad civil, no dejarlos a cargo de menores de 18 años, y tomar cursos de adiestramiento de obediencia, entre otros deberes.

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