TER rechaza reclamo de candidata que pretendía dejar abajo a los cores Gustavo Kausel y Marcelo Carrasco

Javiera Baeza Merdanevic buscaba que ambos consejeros regionales no pudieran ir a su última reelección. La aspirante al consejo regional es independiente y ya fue candidata en el pacto del Partido Humanista a concejal de Temuco. Su hermano fue por el Partido Republicano.

Consejeros regionales Carrasco y Kausel

Mal le fue a la candidata independiente al Consejo Regional de La Araucanía, Javiera Baeza Merdanevic, quien impugnó la decisión del Servicio Electoral de Chile (Servel), de aceptar las candidaturas a core de Gustavo Kausel (RN) y de Marcelo Carrasco (DC), ambos consejeros regionales en ejercicio y quienes van a su última reelección. 

Baeza, quien en las elecciones municipales pasadas fue candidata a concejal por la ciudad de Temuco, como independiente en el pacto del Partido Humanista (PH), obtuvo 1.595 votos y no resultó electa. Igual suerte corrió su hermano, Camilo Andrés Baeza Merdanevic, quien es militante del Partido Republicano y sacó 383 preferencias.

En su presentación ante el Tribunal Electoral Regional (TER), Javiera Baeza reclama -en dos presentaciones distintas- que Gustavo Kausel y Marcelo Carrasco son consejeros regionales desde 2009, por lo que a su entender, no cumplen con la normativa vigente y que se legisló justamente con la intención de no permitir la reelección en cargos de elección popular, en más de dos oportunidades, en este caso.

TER

Sin embargo, según el Tribunal Electoral Regional de La Araucania, compuesto por la ministra Cecilia Aravena López y los abogados miembros Manuel Contreras Lagos y Carola Marchant Toro, en el caso de los consejeros regionales, los periodos en los que han ejercido el cargo deberán contarse a partir del año 2013, fecha desde la cual la elección de la autoridad se efectúa a través de sufragio universal conforme lo dispuesto en la Ley N°20.678 que estableció la elección directa de consejeros regionales.

"... respecto del candidato impugnado que, no concurre prohibición dispuesta en el inciso segundo del artículo 113 de la Carta Fundamental, puesto que no ha sido reelecto en una segunda oportunidad, teniendo derecho entonces a postular en las elecciones que se efectuarán el 21 de noviembre de 2021 (su eventual segunda reelección), por lo que se rechazará la reclamación de impugnación, como se dirá", resolvió el tribunal respecto de Gustavo Kausel y también de Marcelo Carrasco.

"Por estas consideraciones y, visto, además, lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley N°19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; artículos 10, 24 y demás pertinentes de la Ley N°18.593, de los Tribunales Electorales Regionales; y, Auto Acordado de 14 de agosto de 2013 del Tribunal Calificador de Elecciones, SE DECLARA: Que SE RECHAZA la reclamación de impugnación de fojas 1 y siguientes", concluyó el TER.

De esta forma y si la reclamante no concurre al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel), ambos corres quedarían habilitados para ir a su última reelección y sus candidaturas debieran ser aceptadas.

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