Senador Huenchumilla valora promulgación de ley “Devuélveme mi casa”

Para el senador, el contexto de vulnerabilidad que reinaba en 1982, cuando se promulgó la anterior legislación sobre arriendos y que protegía a los arrendatarios, “ha cambiado” en el país.

Senador Huenchumilla

El senador Francisco Huenchumilla informó que este jueves 30 de junio fue publicada en el Diario Oficial y entró en vigencia la ley conocida como “Devuélveme mi Casa”, que actualiza la normativa sobre arrendamiento de inmuebles para poder desalojar a arrendatarios morosos que no cumplan con su obligación de renta o destruyan las propiedades, además de establecer un procedimiento detallado para el cobro de las rentas atrasadas respectivas.

El parlamentario valoró la promulgación de esta iniciativa, que a su juicio viene a solucionar un grave problema que aqueja a cientos y miles de familias en nuestro país, a veces por décadas. Aseguró que ellos ven algún bien raíz de su propiedad ocupado de manera inescrupulosa, por personas que "no cumplen con sus obligaciones de renta y de cuidado de las viviendas”.

Al respecto, el legislador explicó que la antigua normativa que reglamentaba las materias de arriendo, la Ley 18.101 del año 1982, con el tiempo quedó obsoleta respecto de la evolución socioeconómica del país. Era una época donde el contexto de "pobreza, riesgo social y vulnerabilidad en Chile era mucho mayor", y con esa normativa el estado se obligaba a brindar protección a la parte arrendataria, en una realidad país mucho más difícil.

Sin embargo, el legislador consideró que al año 2022, ese contexto prevalente de vulnerabilidad ha cambiado, y al día de hoy, una norma de esas características protegía indirectamente las conductas inescrupulosas, de personas que "pretendían vivir gratis en inmuebles que no les pertenecen, pero ahora eso cambia”.

El detalle

La nueva Ley 21.641 establece entre otras cosas, que a solicitud del demandante, el arrendador, el juez podrá ordenar la restitución anticipada del inmueble, así como el lanzamiento (desalojo) del arrendatario demandado, si es necesario, con el uso de la fuerza pública.

Esta situación, según el nuevo cuerpo legal, podrá darse “si el arrendador demandare la terminación del contrato de arrendamiento y la restitución del bien arrendado, por haberse destruido parcialmente, o haber quedado inutilizado para su uso, como consecuencia de la acción u omisión del arrendatario en su cuidado”, lo que deberá ser acreditado ante el tribunal.

Asimismo, la legislación prevé el procedimiento monitorio para el cobro de rentas atrasadas, y la potencial restitución del inmueble a su propietario, de no cumplirse con la deuda.

Fuera de los requisitos de fondo y forma que se establecen para interponer este tipo de demanda, la nueva ley determina que acogida la misma, el juez ordenará que se solicite al deudor el pago, más intereses y costas, en diez días corridos; si el deudor no paga, no comparece o no formula oposición dentro del plazo, se le considerará condenado al pago de la obligación y se dispondrá su lanzamiento (desalojo) del inmueble en un plazo no superior a 10 días.

El procedimiento monitorio del cobro de las rentas, además, terminará anticipadamente si antes del plazo, el deudor cumple con el pago total de la deuda, incluidos intereses y costas; si el pago fuere parcial, se continuará con el procedimiento por la parte de la deuda que no fue solventada; pudiendo el deudor formular dentro del plazo legal su oposición a la demanda, y señalando los argumentos y fundamentos que estime necesarios.

Senador Huenchumilla cuestiona “libertad de acción” que piden ex DC en Plebiscito

Te puede interesar

Con firma mensual y arraigo quedaron trabajadores que ocasionaron incendio cerca del Cerro Ñielol

Los hombres estaban efectuando limpieza con una desbrozadora cuyo disco generó chispas al golpear contra una piedra, generando el incendio involuntario.

Decretan prisión preventiva para conocido contratista de Temuco

Carlos García Gross enfrenta múltiples querellas y denuncias de particulares, además de incumplimientos de obras con el Estado por más de $30 mil millones.

ENEL recibe autorización para funcionamiento de 22 aerogeneradores en Angol

El parque eólico La Cabaña posee una potencia neta instalada de 106 MW que serán vendidos e inyectados al Sistema Eléctrico Nacional.

En libertad quedó hombre que amenazó a un apoderado con dispararle en escuela municipal

Al momento de su captura el sujeto portaba un arma blanca y acusó haber sido agredido momentos antes por el apoderado, al que siguió hasta el establecimiento educacional.

No es obligatorio dar el nombre completo en el Censo 2024

Debido a la desconfianza de la ciudadanía en las instituciones, muchas personas han cuestionado que se pregunte por el nombre y apellido. Asimismo, con orden judicial el INE podría estar obligado a revelar los datos obtenidos por los censistas.

Testigo ciego del caso Convenios acusa torturas por parte de fiscal

Contacto en exclusiva: el sociólogo que tuvo que declarar sin la presencia de su abogado, ni con asistencia especializada para su condición, dice que fue obligado a firmar una declaración que obviamente, no pudo leer. Hoy sufre un cuadro de estrés post traumático debido a lo sucedido.