Dirección del Trabajo dictamina sobre derechos laborales para matrimonio igualitario

El organismo interpretó normas de alcance laboral de la Ley 21.400, que modificó diversos cuerpos legales para regular el matrimonio entre personas de igual sexo.

Imagen referencial

La Dirección del Trabajo (DT) emitió un dictamen interpretativo de las normas de índole laboral surgidas a partir de la entrada en vigor de la Ley 21.400, cuerpo legal que regula el matrimonio civil entre personas del mismo sexo. 

El pronunciamiento firmado por el Director del Trabajo, Pablo Zenteno, interpreta las modificaciones que la nueva ley hizo en los artículos 207 ter y 59, inciso segundo del Código del Trabajo, extendiendo los derechos consagrados en ambos articulados al nuevo tipo de matrimonio civil.  

Por ejemplo, para analizar las consecuencias laborales de la nueva ley el dictamen hace notar que en el texto legal se reemplazó el concepto “mujer casada” por el de “cónyuge” y también se separó en las categorías de “gestante” y “no gestante” a las personas del mismo sexo que contraen el matrimonio civil. 

Estas nuevas clasificaciones son aplicadas por el dictamen de la DT para el uso de los derechos de protección a la maternidad, paternidad y vida familiar y también para los casos en que un cónyuge es declarado “vicioso” por un juez de letras del trabajo, garantizando así al otro cónyuge recibir hasta el cincuenta por ciento de la remuneración del sancionado judicialmente.  

El artículo 1° de la Ley 21.400 incorpora modificaciones al Código Civil, entre otras el nuevo artículo 34 que establece que se entenderán como progenitores de una persona a “su madre y/o padre, sus dos madres, o sus dos padres”. Coherente con esa disposición, entró a regir ahora el artículo 207 ter del Código del Trabajo, incluido en su Título II, que aborda las normas de protección a la maternidad, la paternidad y la vida familiar.

Así, este artículo sostiene que “los derechos que correspondan a la madre trabajadora referidos a la protección de la maternidad regulados en este título serán aplicables a la madre o persona gestante, con independencia de su sexo registral por identidad de género".

A su vez, los derechos que se otorgan al padre en el presente Título también serán aplicables al progenitor no gestante”. Al respecto, el dictamen de la DT afirma que de este modo “se garantiza la asistencia de los derechos de protección a la maternidad, la paternidad y a la vida familiar, contemplados en dicho cuerpo normativo, con prescindencia del sexo registral de la persona gestante, por identidad de género”. 

En términos prácticos, este nuevo artículo permite a la madre o persona gestante:

- Ser titular de los derechos de fuero maternal.

- Ser trasladada a otras funciones sin reducción de su remuneración en caso de que sus labores sean perjudiciales para la salud en su estado.

- Los descansos de maternidad pre y post natal.

- Permiso postnatal parental.

- Beneficio de sala cuna.

- Derecho a alimentar a hijos menores de dos años.

- Y todos aquellos establecidos en favor de la madre trabajadora. 

Asimismo, respecto del progenitor no gestante, le asisten todos los derechos que la misma norma protectora de la maternidad, la paternidad y vida familiar, reserva al padre, en las mismas condiciones.

El nuevo artículo 59, inciso segundo, del Código del Trabajo, determina que “el cónyuge puede percibir hasta el cincuenta por ciento de la remuneración del otro cónyuge, declarado vicioso por el respectivo Juez de Letras del Trabajo”.

Al respecto, el dictamen hace notar que la nueva ley reemplazó el concepto “mujer casada” por el de “el cónyuge”, ampliando así, de modo igualitario e independiente del sexo de que se trate, el derecho ya mencionado, “sin limitarlo como antes a la mujer casada”. Finalmente, el dictamen de la DT recalcó que todos los nuevos derechos revisten el carácter de irrenunciables. 

Indignación por video que simula matrimonio igualitario entre niñas de kínder

Te puede interesar

Desde Quinquén denuncian violento allanamiento de la PDI

Acusaron además de haber apuntado con armas de fuego a niños de 5, 9, 12 y 13 años, sin permitir que sus madres o un adulto estuviera con ellos.

Pequeños agricultores y parceleros de Temuco y Padre Las Casas no podrán sembrar este año

El Gobierno suspendió las quemas agrícolas en el periodo habilitado para quemar en el mes de marzo y desde el 1 de abril el PDA no permite hacerlo.

Exdelegado José Montalva lidera las preferencias para diputado en la capital regional

Aparecen marcando también por primera vez Daniel Sandoval, Marcelo Carrasco y otros precandidatos al Parlamento, según la encuesta de Terrae Consultores.

Hombre acusado de quemar casa de su excónyuge podría haber asesinado a su hermano también

Alexis Paillal se mantiene detenido mientras se realizan los peritajes al cuerpo de su hermano, ya que se evidenció la acción de terceras personas en su muerte.

Harold Mayne-Nicholls pasa a Kaiser en Temuco y queda segundo luego de Evelyn Matthei

La encuesta Terrae Consultores midió la intención de voto presidencial en la capital regional y evaluó preferencias en parlamentarios e imagen municipal.

Más de 4 mil parceleros de Temuco y Padre Las Casas podrían quedar sin sembrar

Los pequeños agricultores y comunidades mapuche no han podido quemar sus rastrojos para luego sembrar, debido al atraso de las autorizaciones de Conaf y el inicio del PDA.