Corte revoca cierre de local nocturno "Bora Bora" en Villarrica

El fallo deja sin efecto la decisión del Concejo Municipal de Villarrica de no renovar la patente, por cuanto dicha determinación vulneró derechos constitucionales.

En una decisión unánime, la Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de protección presentado por la Productora de Eventos Pamela Cecilia Hunter Vásquez EIRL, ordenando la renovación de la patente de alcohol de su local "Bora Bora". El fallo deja sin efecto la decisión del Concejo Municipal de Villarrica de no renovar la patente, al considerar que dicha determinación vulneró derechos constitucionales.

La controversia comenzó cuando el Concejo Municipal de Villarrica, en su Sesión Ordinaria N° 91 del 2024, decidió no renovar la patente de alcohol del local "Bora Bora". La votación, certificada por el Secretario Municipal, arrojó tres votos a favor de la renovación (Jaime Beltrán, Raúl Landini y Sergio Mora), dos votos en contra (el Alcalde Germán Vergara y la Concejal Katalina Gudenschwager) y dos abstenciones (Víctor Durán y Hermes Medina). Esta falta de mayoría absoluta resultó en la no renovación de la patente.

La Corte de Apelaciones de Temuco enfatizó varios puntos cruciales en su fallo respecto a la decisión del Concejo Municipal sobre la no renovación de la patente del "Bora Bora". En primer lugar, resaltó la falta de una fundamentación adecuada en la resolución municipal, argumentando que la mera enumeración de posibles infracciones no era suficiente sin una explicación detallada de las razones detrás de la decisión. También señaló que la normativa permite no renovar patentes en casos de clausuras definitivas o sanciones ejecutoriadas, ninguna de las cuales estaba presente en el caso del "Bora Bora", lo que llevó a una decisión basada en meras infracciones sin sanciones definitivas. Finalmente, la Corte concluyó que la no renovación de la patente vulneró los derechos constitucionales de la recurrente, incluyendo la garantía de igualdad ante la ley y otros derechos fundamentales.

La abogada Daniela Riffo, que lidera el equipo judicial a cargo de la causa señaló que: "Nos alegra muchísimo que la corte de forma unánime haya acogido nuestro recurso a favor de este local nocturno donde se constató el actuar arbitrario y discriminatorio contra mi representada por parte del concejo Municipal de Villarrica. Las autoridades deben comprender que su rol y mandato tiene límites legales constitucionales que deben ser respetados, por tanto este fallo sienta un precedente a favor de los empresarios y emprendedores de la comuna de Villarrica".

El concejal Raúl Landini se refirió al fallo alegando que: "Tal cual como argumenté en concejo municipal, la corte ratificó lo que dije en la oportunidad y que consta en acta, que no es otra cosa que: esta no renovación de patente por parte del concejo municipal no se ajustaba a derecho y que a mi juicio tuvo componentes subjetivos de carácter político que ensuciaron la discusión. El concejal también se pronunció con respecto a las posibles acciones civiles contra el municipio señalando que: "Este fallo unánime deja a la municipalidad en una posición muy compleja por las eventuales acciones judiciales que se puedan ejercer por daños patrimoniales y morales, ya que acá se cerró un local nocturno en plena temporada donde hubo despido de trabajadores y proveedores que dejaron de vender y la gran pregunta ahora es ¿Quién se hace cargo? Al menos yo como concejal no permitiré que se dilapiden los recursos municipales por este tipo de torpezas".

Considerando todo lo anterior, la ilustrísima corte de apelaciones de Temuco declaró la nulidad del Decreto Alcaldicio N° 173 de 22 de enero de 2024, ordenando la renovación de la patente de alcohol N° 80087 para el local "Bora Bora". El fallo enfatiza que la acción de la Municipalidad de Villarrica fue arbitraria e infundada, y en consecuencia, acogió el recurso de protección con unanimidad en la votación, reafirmando que las autoridades municipales deben actuar dentro del marco de la ley y con respeto a los derechos constitucionales de los administrados, sentando un precedente significativo para futuros casos similares.

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