Operación Huracán: ¿y la responsabilidad de los fiscales que participaron, pero no fueron condenados?

Abogado U. de Chile, doctor en Derecho Penal U. de Salamanca, España. Director Académico de Tutores Derecho Capacitaciones. Autor de más de cuarenta publicaciones, tanto en Chile como en el extranjero. Litigante en Derecho Penal.

Gustavo Balmaceda Hoyos

En La Araucanía, la Operación Huracán no se cerró como se cierran los casos normales: dejó una marca institucional. Y ahora el tema vuelve con fuerza porque el juicio oral en la causa derivada de Huracán terminó tras 151 jornadas y el veredicto fue fijado para el 9 de enero de 2026, a las 10:00 horas, en el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco. 

En ese clima, aparece la pregunta inevitable: si hay fiscales que intervinieron y no fueron condenados, entonces “no pasa nada” con ellos? La respuesta, si queremos ser honestos y útiles, es que depende del tipo de responsabilidad. Y hay más de una.

La responsabilidad penal exige el estándar más alto. Si no hay prueba suficiente para condenar, corresponde absolver o no condenar. Punto. Pero eso no certifica que todo haya estado bien: solo significa que no se acreditó delito con el umbral que exige el sistema.

El Ministerio Público puede —y en casos así debería— revisar si hubo faltas de deber: déficits de control de evidencia, falta de objetividad práctica, descuidos graves, decisiones sin respaldo, ausencia de trazabilidad, o dependencia excesiva de insumos policiales no validados. Ese control no es “cacería”; es gobierno institucional.

Y aquí hay un antecedente relevante: en febrero de 2018 se informó oficialmente que el Fiscal Nacional desestimó abrir una investigación administrativa solicitada contra el Fiscal Regional de La Araucanía en el contexto de Huracán. Eso, guste o no, muestra que el sistema ya enfrentó —y resolvió— decisiones internas en la época. La discusión actual, entonces, no es solo “si hubo sumario”, sino si el estándar de control fue suficiente y qué se aprendió de verdad.

Aunque no haya condena penal, puede quedar abierta la discusión sobre daños y, sobre todo, sobre credibilidad. En territorios como La Araucanía, donde la persecución penal se juega su legitimidad todos los días, un caso percibido como montaje o manipulación tiene un costo enorme: la ciudadanía empieza a dudar incluso cuando la Fiscalía tiene razón.

Por eso, la pregunta por los fiscales “no condenados” debiera traducirse en algo concreto y breve: rendición de cuentas, protocolos serios en evidencia digital, auditorías metodológicas en causas complejas y reglas nítidas de control fiscal sobre el trabajo policial. Si no, la historia se repite: no por falta de leyes, sino por falta de estándares.

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