SAG actualiza normativa sobre trazabilidad de equinos, mulares y asnales

La medida se implementará de forma gradual y busca fortalecer las herramientas para responder oportunamente a emergencias zoosanitarias.
SAG

El Servicio Agrícola y Ganadero, SAG, actualizó la normativa sobre trazabilidad de equinos, mulares y asnales, modificando los plazos para la implementación de la identificación obligatoria mediante microchip y el uso del Formulario de Movimiento Animal (FMA). 

La principal modificación incorpora una tercera etapa de implementación, otorgando plazo hasta el 25 de febrero de 2028 para que las personas propietarias de equinos, mulares y asnales del ámbito doméstico, tal como la agricultura familiar campesina, animales de trabajo o recreación no deportiva y crianza para engorda cumplan con estas exigencias. Esta ampliación busca entregar más tiempo para que las y los propietarios conozcan la normativa, identifiquen a sus animales y se preparen para cumplir con los nuevos requisitos para su traslado. 

Para los predios que mantengan equinos destinados a fines deportivos y de reproducción, la obligación de identificar a los animales mediante microchip y registrarlo ante el Servicio se mantiene a partir del 25 de agosto de este año. En el caso de los centros ecuestres, estas exigencias ya se encuentran vigentes desde abril de 2026.

La actualización de estos plazos fue establecida mediante la Resolución Exenta N.° 7.392 de 2026, manteniendo el objetivo de fortalecer la trazabilidad animal y mejorar la capacidad de respuesta frente a eventuales emergencias zoosanitarias. 

Identificación individual 

La regulación establece el uso obligatorio de un Dispositivo de Identificación Individual Oficial (DIIO), correspondiente a un microchip, que debe ser instalado antes de que el animal cumpla 12 meses de edad o antes de su primer traslado. La normativa contempla una excepción para los animales que aún no han sido destetados y que acompañan de forma permanente a su madre o nodriza. 

El dispositivo puede adquirirse a través de cualquier proveedor o distribuidor habilitado. La lista actualizada se encuentra disponible en el sitio web institucional del SAG.

En el caso de animales que ya cuenten con microchip antes de la entrada en vigencia de la norma, esa identificación será reconocida, siempre que sus propietarios/as registren la identificación del animal en SIPECweb o lo informen en las oficinas SAG correspondientes, mediante el Formulario de Identificación Individual Oficial (FIIO) disponible en la página web. En ambos casos, el plazo máximo para el trámite es el 31 de diciembre del presente año. 

Movimiento de animales 

Respecto del traslado de animales, este deberá realizarse siempre con el Formulario de Movimiento Animal (FMA), el cual se emite por lote y es el único documento requerido por el Servicio para el traslado de animales. 

Para los centros ecuestres, estos formularios solo podrán emitirse de manera electrónica. 

Con esta actualización también se elimina el formulario de “ida y vuelta” utilizado en eventos deportivos o recreativos. Desde ahora, se deberá emitir un FMA para el traslado desde el establecimiento de origen al lugar de destino y otro FMA diferente para regreso al lugar de procedencia. 

Para acceder al Formulario de Movimiento Animal del SAG, las personas propietarias deben estar inscritas en el Programa Oficial de Trazabilidad Animal y contar con Rol Único Pecuario (RUP). 

El formulario puede realizarse en modalidad web, mediante una cuenta y clave en SIPECweb, o en formato papel en cualquier oficina sectorial del SAG. Tanto el FMA como la inscripción y el acceso al sistema SIPECweb son gratuitos. 

La identificación individual y el uso del Formulario de Movimiento Animal son herramientas claves para fortalecer la trazabilidad animal, ya que permiten contar con el historial de cada ejemplar y facilitan una respuesta rápida ante emergencias zoosanitarias, contribuyendo así a proteger la sanidad pecuaria del país. 

Las personas propietarias de caballos, mulas o burros que tengan dudas sobre estas nuevas exigencias pueden informarse en el sitio web www.sag.cl, contactar al Centro de Atención de Usuarios a través del correo oficina.informaciones@sag.gob.cl o llamar al teléfono 22 345 1100. También pueden acercarse a cualquiera de las oficinas del SAG a lo largo del país para recibir orientación.

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