¿Quién vigila al vigilante? (II): Cuando el error fiscal no tiene consecuencias
“Un atizador con células epiteliales de tres personas, dos de las cuales no fueron identificadas; testigos del juicio con calidad de imputados; uno de ellos con restos de sangre de la víctima en sus zapatillas, sin justificación científica investigada”. (Extracto no literal, caso Hagan).
A más de una década de una investigación ampliamente cuestionada y objeto de observaciones judiciales, vuelve una pregunta que el tiempo no ha logrado disipar: ¿quién controla realmente a quienes tienen la responsabilidad de investigar los delitos y ejercer la acción penal?
La interrogante no es retórica. En un Estado de Derecho, todo poder necesita contrapesos. El Ministerio Público cumple una función esencial, pero esa función exige investigaciones objetivas: reunir tanto los antecedentes que sustentan una acusación como aquellos que puedan eximir o atenuar la responsabilidad de una persona.
La experiencia del caso Erika Hagan, junto con las múltiples controversias que han rodeado su investigación, obliga a formular preguntas difíciles. Durante años se han conocido cuestionamientos sobre decisiones investigativas, omisión de diligencias, controversias periciales y una preocupante “visión de túnel”, fenómeno ampliamente estudiado en criminología, donde el investigador termina privilegiando los antecedentes que respaldan su hipótesis y minimizando aquellos que la contradicen.
Si parte de esos cuestionamientos son efectivos, el problema deja de ser un error humano para transformarse en una falla institucional. ¿Qué ocurre cuando se omiten diligencias relevantes? ¿Qué pasa cuando antecedentes potencialmente exculpatorios no reciben el mismo estándar de análisis? ¿Quién responde cuando una investigación termina siendo cuestionada por los propios tribunales?
La pregunta más inquietante es también la más simple: ¿qué pasa con los fiscales que se equivocan gravemente?
En Chile existe una paradoja difícil de explicar. Cuando los tribunales declaran actuaciones “injustificadamente erróneas o arbitrarias”, quien termina pagando es el Estado, es decir, todos los contribuyentes. Sin embargo, rara vez se observan consecuencias institucionales proporcionales para quienes dirigieron esas investigaciones. El sistema asume el costo económico, pero la responsabilidad personal parece diluirse.
No se trata de perseguir fiscales por perder causas ni de criminalizar el error de buena fe. Investigar delitos es una tarea compleja. Pero una democracia seria debe distinguir entre el error razonable y la negligencia inexcusable; entre una interpretación jurídica legítima y la obstinación investigativa; entre el celo profesional y el abuso de poder.
Por eso, la discusión no puede limitarse a un caso concreto. Es legítimo preguntarse si ha llegado el momento de reformar la Ley Orgánica del Ministerio Público. Al menos tres materias merecen un debate serio: mecanismos efectivos de responsabilidad frente a negligencias graves; un control disciplinario verdaderamente independiente; y mayor transparencia en el manejo de las pruebas y en las decisiones investigativas.
Los reconocimientos realizados respecto de la investigación del caso Erika Hagan pueden constituir señales relevantes, pero siguen siendo insuficientes si el problema estructural permanece intacto.
Porque una justicia que exige responsabilidad a todos, menos a quienes ejercen el poder de investigar y acusar, termina enviando una señal profundamente peligrosa: que el error institucional puede convivir con la impunidad funcional.
Después de todo, la pregunta sigue vigente: Si el vigilante no rinde cuentas, ¿quién vigila realmente al vigilante?