Asociación de consumidores evalúa interponer demanda colectiva contra empresas de locomoción coludidas en Temuco
10 líneas de buses y taxi-buses de la región fueron condenadas a pagar una multa por 1.194,4 Unidades Tributarias Anuales (UTA), igual a casi 731 millones de pesos por acordar y restringir el número de vehículos en sus flotas.
El presidente de la Asociación de Consumidores y Usuarios del Sur (CDS) Richard Caamaño, recalcó este jueves la importancia de consagrar los derechos de los consumidores en la Constitución, esto luego de conocerse que 10 líneas de buses y taxi-buses de las ciudades de Temuco y Padre Las Casas fueron condenadas a pagar una multa por 1.194,4 Unidades Tributarias Anuales (UTA), igual a casi 731 millones de pesos, esto porque el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogiera el requerimiento por colusión presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en septiembre del 2018.
“Es impresentable que 10 líneas de buses y taxi buses se hayan coludido por 14 años para vulnerar económicamente a los usuarios, limitar los recorridos, el ingreso de competencia y obligar a largos tiempos de espera a los pasajeros con el único afán de obtener mayores ingresos”, dijo Caamaño.
La FNE acusó a estas empresas por celebrar y ejecutar un acuerdo entre los años 2003 y 2017, limitando el número de buses y taxi-buses de su flota, con el fin de restringir, impedir y entorpecer la libre competencia del transporte urbano de pasajeros en Temuco y Padre Las Casas.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), señaló en su fallo: “el acuerdo adoptado entre las requeridas constituye una restricción a la oferta y a la capacidad productiva de los competidores, por cuanto establece un límite a la flota de buses de cada línea y, por lo tanto, impone una cota superior a la producción del servicio de transporte público de pasajeros (…) Limitar la cantidad de buses que puede operar cada línea tiene la capacidad de restringir la frecuencia con la que transitan los buses en los recorridos existentes –al menos– en horario punta y, además, puede limitar la cobertura y la cantidad de recorridos”.
En este sentido, el TDLC concluye: “es posible afirmar que el acuerdo tuvo el potencial de limitar la producción del servicio de transporte público de pasajeros”.
Cada empresa multada deberá pagar entre las 20 y 160 UTA, es decir, entre 12 y 98 millones de pesos.
A juicio de Richard Caamaño las multas son muy bajas y lamentó que no haya cárcel para los coludidos, los que, a su juicio, “se transformaron en un verdadero cartel del transporte local”.
“Por este tipo de prácticas es que reafirmamos nuestra idea de que los consumidores deben tener consagrados sus derechos en la Constitución y no seguir dependiendo del gobierno o del parlamentario de turno para mejorar la norma, no ha sido así en los últimos años y lo único que se ha logrado es que se legisle en beneficio de unos pocos que siguen abusando y lucrando a costa de los ciudadanos consumidores”, recalcó Caamaño.
Estas empresas de transporte urbano suscribieron tres protocolos sucesivos ante notario, para limitar la cantidad máxima de buses de sus respectivas flotas los años 2003, 2008 y 2012, lo que provocó daños a los usuarios del transporte público tanto en Temuco y Padre Las Casas, al limitar la frecuencia con que los buses realizaban recorridos, provocando un mayor tiempo en la espera de los pasajeros y con esto disminuir la competencia en precios en el mercado del transporte.
También, el acto colusivo restringió la opción de implementar nuevos recorridos en estas comunas, las cuales tuvieron un importante crecimiento demográfico durante los 15 años que ha existido la colusión de las líneas buses y taxi-buses.
Caamaño adelantó que “con este fallo es perfectamente factible evaluar una demanda colectiva con el fin de obtener las compensaciones justas hacia los usuarios, y no sólo sea el Fisco el que se vea beneficiado con la sanción”.
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