Corte de Apelaciones respalda decisión de concejales de Pitrufquén y confirma destitución de administrador municipal

La decisión se concretó en sesión ordinaria del Concejo Municipal, donde se denunció el notable abandono de deberes por parte del funcionario. Así como irregularidades en el pago de cotizaciones previsionales y su actuar en un proyecto de iluminación LED que presentaba anomalías.

La Región03/11/2020Yuliana MontielYuliana Montiel
Municipalidad de Pitrufquén.
Municipalidad de Pitrufquén.

La Corte de Apelaciones de Temuco determinó que el alcalde de Pitrufquén Jorge Jaramillo, deberá materializar la remoción de su administrador municipal, Juan Ignacio Chesta Núñez, luego de que el concejo municipal de la ciudad decidiera su salida.

El dictamen judicial es la respuesta al recurso presentado contra el edil por los concejales Luis Esteban Maricán Maricán; Adrián Ibarra Valdebenito; César Oliva Recabarren y José Lizama Díaz; quienes acudieron a esta instancia judicial luego que el jefe comunal se opusiera a la remoción de este profesional, la cual fue solicitada por la votación de dos tercios de los integrantes del Concejo; emitiendo un voto -que a juicio del tribunal- no es legítimo para impedir la remoción.

La decisión de remover al Administrador Municipal, se concretó en sesión ordinaria del Concejo Municipal de Pitrufquén el pasado 26 de mayo, instancia en la que se denunció a este funcionario de confianza del alcalde de notable abandono de deberes y una serie de irregularidades de carácter administrativo.

Dichas irregularidades, según los propios concejales, tendrían relación con irregularidades en el pago de cotizaciones previsionales a funcionarios y su actuar en el proyecto de iluminación LED que fue rechazado por el Concejo, luego que se diera cuenta de una serie de anomalías en su licitación.

Según los concejales, en virtud de estos antecedentes, se dio cumplimiento a lo estipulado por la Ley Orgánica de Municipalidades el que establece como una potestad del Concejo decidir la remoción funcionaria por un quorum de 2/3, lo cual se cumplió con la decisión de 4 de los 6 integrantes de este organismo.  No obstante, el alcalde en dicho proceso, a modo de defensa de su persona de confianza, emitió sufragio a pesar que la misma normativa vigente no lo reconoce como un integrante válido del Concejo con voto en esta instancia.

Con dicho dictamen judicial y una vez notificado de la sentencia, el alcalde tendrá tres días para concretar la salida del militante del PPD, Ignacio Chesta, del municipio.

Cabe recordar, que aún está pendiente la investigación abierta solicitada por los concejales al Ministerio Público en contra del edil, por malversación de caudales públicos.

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