Mall Portal Temuco no podrá cobrar estacionamiento

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió los argumentos del municipio que rechazó la patente para “explotar y cobrar” que pretendía tramitar la administración del centro comercial, para ganar dinero además a través del estacionamiento del recinto.
Eventual cobro en estacionamiento

La Corte de Apelaciones de Temuco declaró ilegal el cobro de estacionamiento al interior del Mall Portal Temuco. Esto, luego de que el municipio rechazara el pasado 10 de agosto de 2020 la solicitud del Centro Comercial, controlado por Cencosud S.A., para obtener la patente comercial que le permitiría “explotar y cobrar” por el aparcadero.

En dicha ocasión, la decisión del municipio consideró que el cobro afectaría económicamente a la ciudadanía, traspasando su responsabilidad de la empresa respecto de su obligación de contar con espacios para estacionar acorde al flujo proyectado de clientes que acuden al centro comercial a adquirir bienes y/o servicios.

Al respecto, el alcalde Roberto Neira señaló que “la Corte de Apelaciones consideró que actuaron en base a la ley y el régimen jurídico. Por lo que estarían haciendo los esfuerzos para que se mantenga el no cobro".

“La congestión es un problema conocido por todos y los ciudadanos de Temuco necesitamos espacios para transitar. Le pedimos a Cencosud que analicen este tema porque en Av. Alemania se generaría un taco que llegaría hasta Av. Caupolicán”, explicó.

"Cencosud apeló"

La máxima autoridad municipal, agregó que “Cencosud tiene que ser parte de la ciudad donde ejercen su actividad económica. Acusó que nunca han conversado con la municipalidad para ver alternativas en esta materia, por lo que creen que cobrar no es la alternativa”.

Cabe destacar que el plan regulador, la zonificación territorial del municipio y los diversos instrumentos de planificación territorial, que apuntan al desarrollo territorial armónico y equitativo, el cobro por los aparcaderos está prohibida en relación a la zona en la que se emplaza el centro comercial, información que fue proporcionada a Cencosud S.A. al momento de recibir el Certificado de Informaciones Previas (CIP).

En este sentido, la directora Jurídica de Temuco, Muriel Maturana detalló que “dentro de las actividades económicas prohibidas en la zona en que se emplaza el centro comercial están las playas de estacionamiento y edificios de estacionamiento, por ende, no se podría “otorgar una patente comercial para los fines pretendidos”.

Adicionalmente, Maturana advirtió que “por el momento no se puede cobrar” por estacionar en el centro comercial hasta que la Corte Suprema se pronuncie respecto del recurso de casación presentado por Cencosud, para revertir el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco.

Ante esto, el alcalde Neira afirmó que “confían que se mantendrá el mismo criterio de la Corte de Apelaciones de Temuco, dados los potentes y claros argumentos expresados por el municipio y acogidos por el tribunal de alzada”.

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