INDH interpone recurso para que autoridades aseguren el acceso al agua de 2.300 personas
La sede de La Araucanía del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) y vecinas y vecinos de Mañío, localidad rural de la comuna de Temuco, presentaron ante la Corte de Apelaciones un recurso de protección constitucional que busca asegurar el acceso a agua potable en esta zona, que se ha visto afectada por el retiro de los camiones aljibe resuelto por el Ministerio del Interior y que entre otros efectos ha significado la interrupción de las clases en un establecimiento educacional.
El jefe de La Araucanía del INDH, Federico Aguirre, señaló que “la situación de estrés hídrico, como consecuencia de la crisis climática en la región, ha afectado especialmente a sectores rurales, incluidos niños y niñas, personas mayores, personas con discapacidad, grupos especialmente vulnerables, respecto de los cuales existen deberes reforzados de debida diligencia, a los fines de efectivamente garantizar, respetar y proteger la dignidad de las personas”.
El recurso indica que el sector Mañío —ubicado en el camino a Cholchol— se abastece con un sistema de agua potable rural que es insuficiente para cubrir los actuales requerimientos. En 2018 un informe de la la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios indicó que se requería durante todo el año el apoyo de camiones aljibe. La situación ha empeorado con el tiempo y no puede garantizar el acceso al agua a cerca de 2 mil 300 personas.
La acción está dirigida contra la Delegación Presidencial, la Municipalidad de Temuco y la Superintendencia de Servicios Sanitarios para que se adopten las medidas necesarias a fin de garantizar el acceso al agua a los habitantes del sector de Mañío.
Durante el verano el problema se agudizó. Según detectó el INDH a través de un oficio, la crisis se debe “al retiro de los camiones aljibe que abastecían a parte de la población del comité, por una decisión del Ministerio del Interior, que determinó que la cantidad de agua producida actualmente por el Comité era suficiente para abastecer a la población de sector”. Observaciones del INDH registraron que hay un sistema de racionamiento (agua día por medio) y en marzo un establecimiento educacional suspendió sus clases.
En el recurso el INDH recuerda que el estándar internacional de derechos humanos establece el deber de los Estados de garantizar el derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para uso personal y doméstico. Siguiendo estos criterios, la Corte Suprema ha señalado que “toda persona tiene el derecho humano de acceso al agua potable, en condiciones de igualdad y no discriminación; derecho que posee, como correlato, el deber del Estado de garantizar el acceso en las mencionadas condiciones”. Esto implica que se acceda a una proporción no inferior a 100 litros diarios por persona.
Es importante recordar que 4,6%de la población de la región se abastece de agua por camiones aljibe, y en Biobío, Los Ríos y Los Lagos este porcentaje corresponde sólo al 1,3% de acuerdo al Censo 2024. La provisión de agua potable por camiones es una medida paliativa ante la escasez hídrica, que impacta a los sectores rurales. Pero pese a su carácter transitorio y de mitigación, se ha ido transformando en una medida permanente, sin la cual amplios sectores de la población no pueden subsistir.