Joven viuda e hijos de carabinero asesinado podrían quedar sin pensión de retiro de la institución
Según una resolución que se filtró, al no haber tenido más de 20 años de servicio el ahora suboficial mayor Eugenio Naín, sus asignatarios legales tampoco recibirían indemnización de desahucio. La institución informó que luego de un sumario se determinará qué le corresponde a su familia.
Hace casi una semana que fue asesinado el ahora suboficial mayor Eugenio Naín Caniumil, a quien en actos de servicio le dispararon en el sector Metrenco de la comuna de Padre Las Casas, con lo que se presume fue armamento de guerra; en lo que parece ser una emboscada luego de que los responsables colocaran una barricada con neumáticos en plena ruta 5 sur.
Si bien hasta el momento la investigación no arroja resultados que permitan capturar a los responsables, ya hay un sospechoso que quedó con reclusión nocturna, al haber sido detenido en el mismo sector con cartuchos de escopeta en sus pertenencias.
Por su parte, la familia espera que se haga justicia, tal y como reclamaron en múltiples oportunidades durante el funeral del joven carabinero de 24 años. Sin embargo, su familia podría quedar sin la protección que la institución le brinda a los familiares directos de sus funcionarios que "dan su vida" en el cumplimiento del deber. Así lo establece una resolución que se filtró y que establece que no tendrían derecho a pensión de retiro ni a indemnización de desahucio.
"B- DECLÁRASE que por tener menos de 20 años de servicios en la institución, el Cabo 2° EUGENIO SEBASTIÁN NAIN CANIUMIL, C. F. N° 008346-Q, (Q.E.P.D.), sus asignatarios legales no tienen derecho a pensión de retiro, ni indemnización de desahucio", dice una parte de la resolución.
"... pero sí a la devolución de las imposiciones cotizadas por este último concepto, de acuerdo en los ART. 82° y 136° del D.F.L (I) N°2, de 1968. Asimismo, tienen derecho a devolución de los aportes efectuados a la Comisión de Acción Social, conforme a lo establecido en la Directiva Complementaria del Reglamento de dicha Comisión, publicado como Anexo al B/O 3557; y de igual forma de las cotizaciones al Fondo de Ahorro Habitacional (B.2.), en virtud de lo previsto en el D/S. N°407, de 1981, publicado en el Anexo (1) del N/L N° 288 y Circular DIBICAR N°623, del 30.11.1983, PAGO DE SEIS MESES DE SUELDO DE ACTIVIDAD DEL CAUSANTE, conforme Arts. 127° del D.F.L. (I) N°2, de 1988, PAGO DE GASTOS DE FUNERALES, según el artículo 81, inciso 2° de la L.O.C., y 129° del D.F.L. (I) N°2, de 1988", termina ese punto de la resolución.
Respuesta desde Carabineros
Según comunicaron desde la institución -sin desmentir la existencia de la resolución que se filtró- es que se está preparando un documento al respecto, porque la interpretación que se está realizando del documento filtrado no es correcta. "Ese documento lo que dice es que todos los funcionarios que no cumplen los 20 años no tienen esos derechos, ya sea por causa de fallecimiento, ya sea porque lo hayan dado de baja, ya sea por retiro voluntario. Pero esto no se trata del cabo Nain", informaron desde la unidad de comunicaciones.
"Es un documento que explica que ningún funcionario que no tenga los 20 años no tiene derecho a pensión, porque eso es lo que está dentro del marco legal, pero en el párrafo C dice que a ese sumario se le van a sumar todos los derechos y beneficios", informaron desde Carabineros.
Párrafo C
Y efectivamente el referido párrafo C del documento dice que la resolución tiene por objeto desvincular administrativamente de la institución al cabo fallecido y que se determinará que beneficios le corresponde a su familia. "... razón por la cual los beneficios, derechos y responsabilidades que eventualmente pudieran derivarse directa o indirectamente en estos hechos, será determinada y resuelta en Sumario Administrativo ...", dice el documento.
Adicionalmente, desde la unidad de comunicaciones de Carabineros agregaron: "Como institución se le va a otorgar todos los derechos y beneficios, pero hay que seguir todos los pasos legales correspondientes para hacerlos, que es, primero hacer un sumario, dentro de ese sumario estipular todo esta situación, porque son los pasos legales que corresponde".
"... como institución no podemos sacar plata y decir tome, hay un procedimiento legal ya establecido, pero no es efectivo que la familia se vaya a quedar sin nada. Se van a otorgar todos los beneficios reglamentarios que se estipula en la ley, pero para eso se tiene que dejar en un sumario lo que está en curso", aclararon.
"El sumario determinará los derechos que le corresponden, según lo reglamentado y establecido en la ley vigente (...) pero no es que se esté dejando en el abandono, ni nada de eso. Es una interpretación errada y mal intencionada del documento", puntualizaron desde Carabineros.
Finalmente, será un sumario administrativo el que determinará si -como dice la resolución que se filtró- a la viuda ya sus hijos se le niega la pensión de retiro e indemnización de desahucio, o si de alguna manera la institución le otorga estos beneficios entre lo demás que les corresponden.
Resolución que se filtró
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