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Según informaron los funcionarios desvinculados, el edil les habría terminado el contrato por no colaborar para la elección que se llevó a cabo los días 15 y 16 de mayo pasado. La Corte de Apelaciones de Temuco acogió las 8 órdenes de no innovar en su contra que interpuso el abogado José Luis Neira.
La Región07/07/2021
El alcalde de la comuna de Cholchol Luis Huirilef (independiente ex Concertación), acaba de ganar su última reelección en el cargo, ya que para la próxima elección no podrá competir nuevamente. Además del edil, el pasado 15 y 16 de mayo fueron 4 candidatos, Sylvia Aniñir (UDI), Manuel Levío (PPD), Luis Huenchuleo (Independiente) y la hija del ex alcalde de Nueva Imperial, Verónica Salas, la más seria contendora de Huirilef.
Tal vez por eso pensó que necesitaba tanta ayuda para hacer campaña, algo a lo que varios funcionarios municipales se negaron, según contó a AraucaniaDiario José Luis Neira, abogado defensor de 9 trabajadores del municipio que fueron despedidos después de la elección municipal.
Entre ellas está Carolina Retamal, funcionaria del Cesfam de Cholchol quien ejercía por más de 5 años en el centro asistencial, pero que habría sido desvinculada luego de que decidiera no participar de la campaña política de Huirilef, según señaló.
Por lo mismo, el abogado cholcholino interpuso una acción de protección en contra del alcalde, demanda donde detalló algunos de los acontecimientos ocurridos entre la funcionaria y la máxima autoridad comunal, luego de que dispusiera la no renovación de su contrato para el segundo semestre del 2021.
Los hechos
Desde 2016 Retamal ejercía funciones para el Programa de Salud Mental y a contar de 2017 a la fecha, en el Cesfam de CholChol para el programa Elige Vida Sana, en modalidad a honorarios. Y fue ahora en junio que se le comunicó que no continuaría.
El motivo del despido, según se menciona en el documento, sería la no disposición de la funcionaria a participar en la campaña política del entonces reelecto alcalde de Cholchol, resultado que se volvió a repetir. Sin embargo, el edil no tenía la facultad de despedir arbitrariamente a la trabajadora.
"(...) si bien, la atribución o facultad de no renovar las contratas, o terminarlas antes de tiempo, es una facultad exclusiva de las autoridades de la administración del ESTADO, éste término, o no renovación, no puede basarse sólo en la simple justificación de ser el detentor de la facultad, sino que, de por medio, haya un razonamiento de tal envergadura que implique la no existencia siquiera de un atisbo de arbitrariedad, en el acto que pone término al vínculo laboral entre el servidor y el ESTADO", señala el abogado demandante.
Así, el despido vendría siendo un acto sin justificación o argumentos válidos. Esto, debido a que además a Carolina se le habría informado que su contrato sería renovado hasta fines del año 2021, lo cual tampoco fue así.
Insuficiente fundamentación
Expresaron además, que en el caso (como lo es este), de que el empleador de termino a un contrato que se encontraba renovado, sin mayores argumentos, será éste quien deberá pagarle sus remuneraciones por el tiempo que permaneció alejado (a) de sus funciones.
""En Chile no hay persona ni grupo privilegiados. En Chile no hay esclavos y el que pise su territorio queda libre. Hombres mujeres son iguales ante la ley". Esta garantía constitucional se vulnera principalmente en lo que se refiere a que ninguna autoridad puede establecer discriminaciones y diferencias arbitrarias. En consecuencia, se ha procedido a efectuar la vulneración ya que se discrimina arbitrariamente a mi representada, dejándolo fuera del servicio público", indicó José Luis Neira.
El abogado de Carolina Retamal solicitó suspender la orden de dar termino a la contrata de la recurrente, ordenando se le restituya en todos sus derechos, mientras se ve el recurso de protección interpuesto.
Sin embargo, fue la Corte de Apelaciones la que terminó por desautorizar el despido, ya que acogió la orden de no innovar interpuesta por Neira, con lo que la trabajadora podrá volver a trabajar mientras dura la vista de la causa; algo que la Corte de Temuco repitió con otros 7 clientes de Neira que están pasando por lo mismo en Cholchol.

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