
Sale la verdad: Cierre del brazo del río Trafampulli es para cuidar derechos de agua de empresarios
El Gobierno reconoció que la construcción del dique para cerrar el afluente del lago Caburgua, es para resguardar el cauce a quienes tienen derechos.
La Corte Suprema dio por terminado el contrato con una familia mapuche y que incluía una promesa de compraventa sobre el mismo predio.
La Región15/02/2022
Antonella Saffirio Rodríguez
Cuatro años debió esperar la familia Catrilaf para que la Corte Suprema de Justicia declarara, definitivamente, terminado el contrato de arrendamiento y promesa de venta sobre 13 hectáreas que el Vicariato de La Araucanía ocupaba en la comuna de Panguipulli.
La negociación se habría celebrado en 1989 entre la comunidad eclesiástica y don Pedro Antimilla Llancafilo, sobre un retazo de la hijuela número 180 que fue dado en arrendamiento por 99 años a cambio de un monto único $70.000. Para mayor abundamiento, el contrato sostenía un compromiso de venta que se haría efectivo a los 20 años de arrendamiento y que se incluía en la suma pagada durante la negociación.
El abogado a cargo del caso defensor de la familia Catrilaf, Jorge Acuña, aseguró que como el caso de esta familia hay aproximadamente 15 más en la región de la Araucanía.
“Esta sentencia se refiere a un caso, el de la familia Catrilaf, al de esa hectárea concreta al lado del lago Neltume. Pero hay más casos como este y hemos tenido sentencias en el mismo sentido. Hay demandas que todavía están esperando el informe. En nuestro caso, la familia Catrilaf tuvo que esperar 4 años”, confirmó.
La cuarta sala de la Corte Suprema, dictó que no hay desacierto en la Ley de Fomento, Protección y Desarrollo de los pueblos indígenas, en la cuál aplicó la ley. Este establece que se deben restituir 13 hectáreas de terreno a una familia mapuche de Neltume, en la comuna de Panguipulli, a pesar de que la Diócesis de Villarrica apelara a un error de derecho para invalidar la sentencia.
Él fallo indicó: “Se declara terminado el contrato de arrendamiento y promesa de venta celebrado con fecha 15 de febrero de 1989 entre el Vicariato Apostólico de La Araucanía y don Pedro Alfonso Antimilla Llancafilo, sobre un retazo de la hijuela número 180, de una superficie de 1,0375 hectáreas, cuyos deslindes especiales son: NORTE, estero Collico; SUR, estero el Tralco; ESTE, Camino publico Panguipulli a Coñaripe; OESTE, Misión de Coñaripe del Vicariato Apostólico de la Araucanía”.
Desde el día que sea notificada la sentencia se tienen que devolver las hectáreas a la familia Catrilaf en un plazo máximo de 3 días y la Diócesis Villarrica tendrá que hacerse cargo de todos los gastos que esto implique.

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