
Dos meses lleva presa anciana mapuche denunciada por el Gobierno, forestal Arauco y Mininco
Francisca Curihuinca Calcumil fue denunciada -con testimonios de guardias de seguridad pagados- de asociación ilícita, hurto de madera y amenazas.
El organismo fiscalizador hizo el llamado ante las bajas temperaturas que se harán sentir en la zona centro sur del país. Multas pueden llegar a casi los 3 millones ochocientos mil pesos por infracción.
La Región26/08/2023La Dirección del Trabajo (DT) llamó este viernes a los empleadores cuyos trabajadores y trabajadoras laboran expuestos al frío en la intemperie a que adopten todas las medidas legales de protección para resguardar su salud.
El director del Trabajo, Pablo Zenteno, hizo este llamado durante una fiscalización realizada a las 07:30 en un servicentro ubicado en la comuna de Providencia para verificar si sus trabajadores vestían la indumentaria legalmente exigida.
La autoridad explicó que “en este período en que se avecinan muy bajas temperaturas en la zona centro sur del país queremos recordar a los empleadores con personal que labora a la intemperie que deben adoptar todas las medidas protectoras de su salud, especialmente la entrega gratuita de los elementos de protección personal pertinentes, en este caso, ropa térmica, aislante e impermeable”.
Específicamente, la ropa de protección contra el frío corresponde a pantalón, parka y gorro, o un sistema integrado tipo overol, confeccionado en tela para otorgar aislamiento térmico (tales como algodones, poliéster, etc.)
Aparte de los trabajadores y trabajadoras de expendio de combustible, también deben ser protegidos contra el frío quienes laboran en parques y jardines, recolección de residuos domiciliarios y obras de construcción, entre otros.
El deber protector para los empleadores está tipificado en el artículo 184 del Código del Trabajo. Este establece que “el empleador estará obligado a tomar todas las medidas necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores, informando de los posibles riesgos y manteniendo las condiciones adecuadas de higiene y seguridad en las faenas, como también los implementos necesarios para prevenir accidentes y enfermedades profesionales”.
En lo que respecta específicamente al frío, este artículo laboral se vincula con el Decreto Supremo N°594, del Ministerio de Salud, en sus artículos 99, 100, 101 y 102, bajo el título “De la exposición ocupacional al frío”.
El Decreto Supremo N° 594 sostiene:
Artículo 99: se entenderá como exposición al frío las combinaciones de temperatura y velocidad del aire que logren bajar la temperatura profunda del cuerpo del trabajador a 36°C o menos, siendo 35°C admitida para una sola exposición ocasional. Se considera como temperatura ambiental crítica, al aire libre, aquella igual o menor de 10°C, que se agrava por la lluvia y/o corrientes de aire.
La combinación de temperatura y velocidad de aire da origen a determinada sensación térmica representada por un valor que indica el peligro a que está expuesto el trabajador.
Artículo 100: a los trabajadores expuestos al frío deberá proporcionárseles ropa adecuada, la cual será no muy ajustada y fácilmente desabrochable y sacable. La ropa exterior en contacto con el medio ambiente deber ser de material aislante.
Artículo 101: en los casos de peligro por exposición al frío, deberán alternarse períodos de descanso en zonas temperadas o con trabajos adecuados.
Artículo 102: Las cámaras frigoríficas deberán contar con sistemas de seguridad y de vigilancia adecuados que faciliten la salida rápida del trabajador en caso de emergencia.
Las dos infracciones específicas sancionadas por la DT son las siguientes:
No proporcionar a los (las) trabajadores(as) que están expuestos al frío, ropa adecuada, que sea no muy ajustada y fácilmente desabrochable y sacable, y ropa exterior en contacto con el medio ambiente que debe ser de material aislante. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores.
No alternar períodos de descansos en zonas temperadas o con trabajos adecuados a los trabajadores expuestos al frío: tal hecho configura incumplimiento a la obligación legal de disponer medidas necesarias para proteger eficazmente la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores.
Estas infracciones acarrean sanciones por empresa (no por cada trabajador en infracción) de entre 3 UTM ($189.597 a su valor de agosto) y 60 UTM ($3.791.940 a su valor de agosto), considerando si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande y, también, si la infracción es calificada como leve, grave o gravísima.
Entre 2021 y 2023 (a la fecha), la DT ha recibido 79 denuncias y realizado 295 fiscalizaciones, 199 de ellas a través de programas planificados. En total, en el período ha aplicado 45 sanciones por un monto de $117.074.232.
Francisca Curihuinca Calcumil fue denunciada -con testimonios de guardias de seguridad pagados- de asociación ilícita, hurto de madera y amenazas.
En el marco del mes de la mujer se analizó esta problemática que según estadísticas, afectan a un 85% de las mujeres que ocupan la red.
El legislador expresó su preocupación por la ausencia de autoridades con experiencia en la nueva cartera, particularmente en la región, donde aún no se designa un seremi titular.
La cifra se distribuye en La Araucanía de manera desigual entre los municipios de la región, pero ello tiene un motivo: se estableció un coeficiente de distribución que analiza las necesidades y condiciones específicas para cada comuna, algo que ocurre con todos los municipios del país.
René Saffirio destacó la gestión de la Alcaldesa Jacqueline Romero y el Concejo Municipal en el rescate de este importante lugar de esparcimiento de la comuna de Pitrufquén.
Luego de una denuncia del diputado Miguel Mellado, la Contraloría detectó falta de acciones concretas de conservación, reparación y regularización del inmueble.
El fiscal regional de O'Higgins pidió la incautación del celular de Pablo Urquízar, por los mensajes de texto con el abogado Luis Hermosilla, para el nombramiento de jueces en el Poder Judicial.
El candidato presidencial de derecha del Partido Nacional Libertario criticó el apoyo a pequeños agricultores a través del Indap, INIA o CNR.
Luis Morales falleció luego de una diligencia muy mal planificada por el entonces fiscal regional Cristián Paredes, muerte por la cual nadie respondió administrativamente.
El parlamentario desaforado quedó en libertad ayer tras pagar una fianza de $40 millones, decisión que la fiscalía regional apelará buscando hacer que vuelva a la cárcel de Temuco.
Luego de una denuncia del diputado Miguel Mellado, la Contraloría detectó falta de acciones concretas de conservación, reparación y regularización del inmueble.