Luis Tranamil es declarado culpable en calidad de "coautor" del homicidio del ex cabo Eugenio Naín

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco lo absolvió del delito de porte ilegal de arma de fuego. El carabinero fue asesinado en octubre de 2020 en medio de un incidente al despejar una barricada en la Ruta 5 Sur.
Lienzo Libertad a Luis Tranamil - TOP Temuco

Era el medio día del 30 de octubre de 2020 y el entonces cabo segundo Eugenio Naín Caniumil junto al mayor Cristian Fernández llegaban a la zona de la Cantera de Metrenco, en plena Ruta 5 Sur, luego de que se reportaran disparos a conductores y barricadas con neumáticos en el sector. Ninguno de los policías portaba la indumentaria necesaria para este tipo de operativos, esto es: chalecos antibalas que cubrieran cuello, axilas, o entrepierna, como utilizan los funcionarios del GOPE.

Al descender de la patrulla que conducía Naín, éste de inmediato recibe un certero disparo que ingresa por el cuello y se aloja al interior de su cuerpo, proyectil que causa gran daño al carabinero, quien es trasladado de inmediato al Hospital de Temuco, falleciendo en el centro asistencial al cual ingresa apenas con algunos signos vitales.

Luego se vienen detenciones y allanamientos dentro de la comunidad mapuche que existe en el sector, siendo capturado meses después Luis Tranamil, hermano del machi Fidel Tranamil, ambos pertenecientes al Lof Rofue.

Veredicto condenatorio

Luego de permanecer más de 33 meses en prisión preventiva, finalmente ayer el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dictó veredicto condenatorio en contra de Luis Tranamil, en calidad de coautor de homicidio consumado de carabinero en acto de servicio, por el asesinato del ex cabo segundo Eugenio Naín, sin que se lograra identificar al autor material de los hechos.

Asimismo, según el tribunal también se acreditó la participación del comunero mapuche en los delitos de homicidio frustrado de otro carabinero y el homicidio frustrado simple del conductor de un camión que circulaba por la ruta el día de los hechos. 

En la audiencia de comunicación del veredicto, el juez presidente del TOP indicó que se acreditaron indicios que permiten establecer la cronología y lugares en los que estuvo situado Tranamil, lo que permitió posicionarlo en el sitio del suceso.

Por otro lado, el tribunal absolvió a Tranamil del delito de porte ilegal de arma de fuego. La resolución que se adoptó de forma unánime por los tres integrantes de la sala del TOP.

La lectura de sentencia se dará a conocer el martes 19 de diciembre a las 13 horas.

Comunidad convoca a esperar el veredicto del caso del excabo Eugenio Naín

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