Última Ley de Reajustes establece un plazo obligatorio de 6 meses para capacitarse en materia de acosos

La nueva normativa está contenida en Artículo 104 de la Ley 21.724, que otorga el reajuste general anual de remuneraciones a los trabajadores públicos.

El senador Francisco Huenchumilla informó a la región sobre la promulgación de la Ley 21.724 sobre reajuste a los empleados del sector público, norma que contiene un artículo –el 104– que introduce la obligatoriedad de que diversas autoridades del Estado se capaciten, en un plazo máximo de 6 meses desde asumidos sus cargos, en materia de prevención del acoso sexual, laboral y violencia en el trabajo.

En concreto, el legislador detalló que “la nueva normativa aplicará sobre ministros de Estado; subsecretarios; autoridades de organismos públicos autónomos; jefes de servicio; gobernadores y consejeros regionales; delegados presidenciales; alcaldes y concejales; senadores y diputados, y ministros y jueces del Poder Judicial”.

El detalle

A su vez, el senador mencionó que “la responsabilidad de diseñar los lineamientos de estas capacitaciones recae sobre el órgano más interiorizado en el Estado sobre estas realidades y necesidades, como es la Dirección Nacional del Servicio Civil en consulta y asesoría de SernamEG”.

Por otro lado, el legislador detalló que “las capacitaciones deberán versar a lo menos sobre: el protocolo de prevención del acoso que rige en el órgano o servicio donde trabaja la autoridad; sobre conductas constitutivas de acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo y sus riesgos psicosociales, con enfoque inclusivo y perspectiva de género; y sobre procedimientos de investigación y medidas de resguardos”.

Adicionalmente, el parlamentario añadió que “esta nueva norma no debería implicar un gran esfuerzo para cada servicio, toda vez que para cumplir con ella se puede recurrir al Plan Anual de Capacitación que cada organismo público posee, incorporando este nuevo mandato dentro de ese marco y diseño”, puntualizó.

El senador aclaró también que esto aplica “a las autoridades actualmente en ejercicio; el plazo de 6 meses rige para todos desde la fecha de publicación de la ley, que fue el viernes 3 de enero”.

Contexto

El legislador, junto con ofrecer detalles sobre este nuevo aspecto de la legislación, señaló que se puede considerar como parte de un contexto legislativo mayor.

“Esta nueva norma se puede relacionar a un contexto donde se ha buscado aumentar la protección a los trabajadores, algo que se ha logrado sobre todo con la reciente aprobación de la Ley Karin, que perfecciona las definiciones sobre acoso laboral e incorpora nuevas; establece disposiciones para prevenir la violencia o el acoso en espacios laborales; refuerza el rol de la DT y la Contraloría en investigación de acoso y violencia laboral, y obliga a las empresas a tener un protocolo de prevención del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo”, indicó.

“Entonces, esto sería un complemento en pro de los trabajadores del sector público”, puntualizó.

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