Insólito: en la UFRO prohiben a los dirigentes de la AFUF que informen a los funcionarios

A través de un sumario "express" se les prohibió mencionar a dos directoras de confianza del rector, en forma personal o en representación de la asociación.
UFRO

Los errores al interior de la universidad de La Frontera parecen ser de nunca acabar, ya que al sumario "express" instruido contra la totalidad de los dirigentes, de la Asociación de Funcionarios de la UFRO, por dar a conocer el estado actual de una acción legal, en defensa de su director Servando Contreras Illanes, ahora se suma, dentro del mismo sumario, la prohibición —a todas luces ilegal— de seguir informando sobre el estado de la causa laboral, mencionando a las dos directivas de confianza del actual rector, Martha Ramírez Valdivia y Liliana Oberg Figueroa.

Cabe recordar, que los hechos se remontan a un reclamo presentado ante el rector Juan Manuel Fierro, por la actitud de estas dos funcionarias, sobre el dirigente Servando Contreras, a quien se le cambió de puesto de trabajo, sin respetar su inamovilidad sindical o por pertenecer al gremio de los funcionarios, además de comentarios calificados claramente como prácticas desleales y antisindicales.

Antes de tomar la decisión de demandar a la universidad, la asociación de funcionarios intentó dialogar y solicitaron que las directivas que presionaron al tesorero de la AFUF, se disculparan, lo que no sucedió. "Entre ellas, (solicitamos) el envío de un instructivo dirigido a las jefaturas respecto del debido respeto de los derechos y deberes sindicales, además de disculpas públicas por parte de la directora de Análisis y Desarrollo Institucional (DADI), señora Marta Ramírez, y de la directora de Gestión de las Personas, señora Liliana Oberg", manifestaron en su oportunidad desde la AFUF.

Pues bien, a la acción legal presentada ante el Juzgado del Trabajo de Temuco, siguió la prohibición a la universidad estatal de adoptar medidas contra el señor Contreras, lo que no fue respetado, ya que se le instruyó el sumario que se comenta a continuación y que AraucaniaDiario informó la semana pasada en exclusiva.

Prohibición de hablar

Tal y como se informó, a través de una resolución del rector de la universidad, se sometió a sumario en tiempo récord (probablemente sea el sumario tramitado con mayor rapidez en la historia de la UFRO), a los cinco dirigentes de la AFUF, pero eso no es todo, ya que ahora se les prohibió hablar. 

"ESTABLÉSECE (sic) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18, numeral 1 letra f) del Reglamento de Convivencia Universitaria de la Universidad de La Frontera, la prohibición de que los funcionarios/as representantes de la Asociación de Funcionarias y Funcionarios Universidad de La Frontera (AFUF), correspondientes a doña NATIVIDAD PRIMITIVA NOVOA CAMPOS; BÁRBARA FRANCESKA GALDAMES PALMA; SERVANDO ULISES CONTRERAS ILLANES; KATHERINE YESSENIA CONTRERAS PAZ Y KATHERINE LUHAN SANZANA URIBE realicen publicaciones, declaraciones públicas o cualquier acto de comunicación masiva o difusión, interna o externa que incluya el nombre o haga alusión a doña MARTHA TERESA RAMÍREZ VALDIVIA y a doña LILIANA IVETTE OBERG FIGUEROA, ya sea de manera personal o en representación de AFUF", señala la resolución tenida a la vista por AraucaniaDiario y que llegó a nuestra redacción por personas distintas a los cinco dirigentes mencionados, cuya identidad —por supuesto— se mantendrá en reserva para evitar nuevos sumarios y represalias contra los funcionarios.

Firman la resolución que les prohibe informar o emitir su opinión Paulina Otero Iturra, como fiscal instructora e Isabel Granzotto Cerda como actuaria del sumario. Cabe señalar además que la medida de "mordaza" a los funcionarios la adoptó la fiscal del sumario.

"Que, del análisis de la denuncia y de las diligencias practicadas a la fecha, se estima por esta fiscal que existen antecedentes relevantes y suficientes que justifican se decreten medidas cautelares preventivas en favor de las presuntas personas afectadas por los hechos, en los términos que se indicarán en el resuelvo de la presente resolución", fundamenta Paulina Otero.

Libertad de expresión

Cabe señalar que la medida adoptada por la Universidad de La Frontera, atenta directamente contra el derecho a la Libertad de Expresión y la Constitución Política de Chile, que establece como un derecho la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio.

El ejercicio de la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, incluye no ser perseguido ni discriminado a causa de las propias opiniones.

"Artículo 1º.- La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, constituyen un derecho fundamental de todas las personas. Su ejercicio incluye no ser perseguido ni discriminado a causa de las propias opiniones, buscar y recibir informaciones, y difundirlas por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan, en conformidad a la ley ... Se reconoce a las personas el derecho a ser informadas sobre los hechos de interés general", dice la ley 19.733.

Por otro lado, lo informado por la AFUF originalmente, según la Ley constituyen hechos de interés público, de acuerdo a la legislación y entre otros:

  • Los referentes al desempeño de funciones públicas;
  • Los realizados en el ejercicio de una profesión u oficio y cuyo conocimiento tenga interés público real;
  • Los consistentes en la comisión de delitos o participación culpable en los mismos.

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