"Funcionamiento deficiente" de página web del Servel no habría permitido inscribir candidatos

El Tribunal Electoral Regional de La Araucanía determinó que este error en la plataforma del Servicio Electoral impidió que candidatos de Revolución Democrática finalizaran el proceso. El TER determinó inscribir sus candidaturas.

La Región 21/09/2021 Equipo AraucaniaDiario Equipo AraucaniaDiario
Servel Araucania
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Varios son los candidatos -de izquierda y de derecha- que quedaron fuera de las elecciones por no haber presentado en tiempo y forma sus candidaturas ante el Servicio Electoral (Servel). Eso al menos según dictaminó el organismo público, al rechazar decenas de candidaturas en la región, como en el caso del Partido Republicano y de Revolución Democrática, tanto para consejeros regionales, como para diputados.

Sin embargo, el error -involuntario- por parte de estos partidos, que dicho sea de paso, dejaron el trámite para última hora, podría tener solución, tal y como viene fallando consistentemente el Tribunal Electoral Regional de La Araucanía (TER), que ya autorizó las candidaturas a Core del Partido Republicano. Ahora, permitirá inscribir las de Revolución Democrática también.

En efecto, el TER Araucanía, conformado por la ministra de la Corte de Apelaciones Cecilia Aravena López y los abogados Manuel Contreras Lagos y Carola Marchant Toro, resolvió permitir la inscripción de 5 de 7 reclamantes ante el tribunal, dadas las pruebas presentadas.

"... en efecto, consta en los antecedentes aportados ... fotografías en las cuales se advierte el mensaje de “sitio en mantención” a las 23:04 horas del 23 de agosto de 2021 ...", consignó el fallo.

"Que, en mérito de lo precedentemente expuesto, examinada la prueba aportada por la reclamante en el transcurso de la tramitación de la presente reclamación, el tribunal apreciando los antecedentes como jurado, ha arribado a la conclusión que el sistema y/o plataforma habilitada por el Servicio Electoral para declaraciones de candidaturas web, el 23 de agosto de 2021, presentó un funcionamiento deficiente que impidió que el Partido Revolución Democrática pudiera finalizar la declaración de candidaturas, de los candidatos por los cuales se peticiona acoger la reclamación", sentenciaron los miembros del TER.

"... SE ACOGE la reclamación interpuesta a fojas 1 y siguientes, dejándose en consecuencia sin efecto la Resolución O-N°140 del Director Regional de La Araucanía del Servicio Electoral, Anexo 3, en cuanto rechazó las candidaturas al cargo de Consejero Regional de los candidatos GUSTAVO ANDRÉS PINEDA ZUÑIGA, PEDRO PABLO LEYTON ANCACHAY, GISSELLA ADRIANA MULCHI LOPEZ, MARCELA CECILIA VEJAR RETAMAL y JOSÉ ANTONIO DÍAZ AGURTO, debiendo el referido Director Regional proceder a inscribir sus candidaturas, dentro del Pacto Electoral FRENTE AMPLIO, SUBPACTO REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA E IDEPENDIENTES, en las calidades indicadas en la Resolución O-N°140, en el Registro Especial de Candidaturas", puntualizó la resolución judicial, que ya se encuentra a firme.

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