
Corte rechaza recurso de amparo interpuesto a favor de Facundo Jones Huala
Florencia Da Bove Arredondo
El lonco mapuche argentino, Facundo Jones Huala cumple su condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Temuco, por un ataque incendiario perpetuado y porte de armas en Río Bueno, en la región en Los Ríos, luego de que fuera extraditado desde Argentina tras fugarse del país, aprovechando el beneficio de libertad condicional.
El líder mapuche fue condenado a finales de 2018, por el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, por delitos cometidos en 2013, a 6 años de prisión por incendio y a 3 años y 1 día por porte ilegal de armas.
El 21 de enero de 2022 le fue otorgado el beneficio de libertado condicional, por resolución de la Comisión de Libertad Condicional. Sin embargo, el16 febrero de 2022 se le revoco este beneficio, lo que inicio su extradición desde Argentina.
Actualmente la defensa de Jones Huala, exige la libertad del líder mapuche, ya que argumentan que este ya cumplió su condena. El lonco debería haber salido el 26 de junio del presente año, sin embargo, fue extraditado ya que, y reingresa a Chile a cumplir el saldo de su pena al CCP el día 4 de enero de 2024, por lo que aún le quedaban 863 días de privación de libertad por cumplir.
En la República Argentina Facundo Jones estuvo recluido 11 meses y 5 días, es decir 341 días- Por lo que si se descuenta el tiempo que paso recluido en el país vecino debe cumplir 522 días de presidio, Esta nueva condena tuvo inicio el día 4 de enero de 2024 por lo que la fecha de término sería el 8 de junio de 2025.
Recurso de Amparo
A raíz de la confusión causada por la interpretación de las fechas de cumplimiento de la condena la abogada penal pública Giegliola Viviana Burgos, interpuso un recurso de amparo en favor del líder de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM) Francisco Facundo Jones Huala, el que fue visto por la Corte de Apelaciones de Temuco.
Sin embargo, el amparo fue rechazado por segunda sala del Tribunal de Alzada por la unanimidad de sus miembros, integrada por dos ministros y un abogado.
“Se rechaza la acción de amparo deducida por doña Giegliola Viviana Burgos Pérez, abogada, Defensora Penal Pública, por el amparado don FRANCISCO FACUNDO JONAS HUALA, en contra de la Resolución Ordinario N°09.00.001592/2024, de fecha 27 de junio del 2024, de la Dirección Regional de Gendarmería, Región de La Araucanía, dictada por su Director Regional, el Coronel Alberto Figueroa Quezada, que no da lugar a dejar en libertad a su representado”, señaló el Tribunal.


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