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La Ley además protege a los estudiantes para que no se prohíba su ingreso a clases y no permite que sean registrados por adultos sin autorización de sus padres.
Chile y el Mundo29/05/2025
Equipo AraucaniaDiario
El Liceo Comercial Tiburcio Saavedra, llamado hoy Insuco, está en el ojo de la poñémica, luego de que ser el primer y único establecimiento educacional en Chile, que obliga a sus alumnos a pasar por un detector de metales, para ingresar a clases.
Pero eso no es todo, ya que además, se instalaron cámaras de seguridad con reconocimiento facial, que son operadas por personas cuya identidad e idoneidad moral desconocen los padres, quienes sin embargo, han votado en su mayoría por permitir que sus hijos sean grabados y que se condicione su ingreso a clases, a pasar por este sistema de acceso al liceo.
La medida adoptada por el liceo y avalada por el alcalde de Temuco Roberto Neira, es a todas luces ilegal y no respeta la normativa, motivo por el cual la Superintendencia de Educación multó esta semana al Municipio de Temuco, sanción que dice el jefe comunal que apelará y que consiste en el pago de 56 UTM.
Al respecto, se refirió en exclusiva para AraucaniaDiario el fiscal de la Superintendencia de Educación, Miguel Zárate, autoridad nacional que explicó por qué no está bien que un padre permita que a su hijo o hija, le condicionen el ingreso al liceo o que incluso lo graben sin su autorización.
"En rigor, el tránsito por estos dispositivos de seguridad no es voluntario para ningún miembro de la comunidad, incluidos las y los estudiantes. Luego, la detección de algún elemento que haga reaccionar este mecanismo puede significar que se separe al niño, niña o adolescente del espacio en que está, o se limite su ingreso al establecimiento o al aula, pudiendo generar estigmatización, menoscabo, divulgación de aspectos de la vida privada o un trato vejatorio y degradante e incluso restringir su derecho de acceso y permanencia en el recinto educativo", explig{o Zárate.
"La norma jurídica directamente vulnerada con estos hechos es el artículo 33 de la Ley de Garantías de la Niñez, que establece el derecho a la vida privada y a la protección de datos personales de los NNA, prohibiendo toda injerencia arbitraria e ilegal en sus vidas, su familia, su domicilio o su correspondencia", agregó el fiscal de la Superintendencia de Educación.
Asimismo, Zárate manifestó que de acuerdo a la normativa educacional, descrita con precisión en el dictamen 65 de la Superintendencia, las restricciones o limitaciones de derechos deben estar expresamente previstas en la ley, lo que claramente no ocurre, según la autoridad.
"Es sustancial expresar que no existe evidencia que relacione con certeza que la inspección de mochilas o la instalación de pórticos, contribuyan a disminuir efectivamente los hechos de violencia ni el porte de armas", dijo el fiscal de la Superintendencia y agregó que por el contrario, la ejecución de estas acciones atenta contra el clima de confianza en los establecimientos educacionales, elemento clave para la buena convivencia escolar.
"Existe suficiente evidencia de que la violencia es un problema estructural de la sociedad. Como tal, hay consenso en que requiere ser abordado de manera intersectorial", agregó Zárate e hizo un llamado a buscar herramientas eficaces que realmente permitan dotar de seguridad, a través de estrategias preventivas y formativas, además de coordinación con las instituciones que están mandatadas a velar por la seguridad.
"Como Superintendencia de Educación nos preocupa la integridad de las y los estudiantes del país, en toda su amplitud. Es necesario que los establecimientos educacionales sean espacios seguros, pero deben garantizar los derechos básicos a la privacidad, la dignidad y la honra de todas y todos quienes integran las comunidades educativas", cerró Miguel Zárate, advirtiendo de paso que el Liceo Tiburcio Saavedra se arriesta a más multas si siguen usando el pórtiuco detector de metales y alguién denuncia.

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