
DGA reconoce preexistencia del brazo del río Trafampulli que llega al lago Caburgua
La resolución que autoriza al empresario Marcelo Benito Taladriz para cortar el curso natural del río hacia el lago Caburgua, reconoce que ya existía.
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió una orden de no innovar, en un recurso que intenta acallar a la prensa y que se elimine publicaciones sobre el agresor.
01/11/2025
Equipo AraucaniaDiario
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió una orden de no innovar, solicitada por la excónyugue del profesor de la Universidad de La Frontera (UFRO) -cuyo nombre se omitirá por órden judicial-, acusado de haber practicado una llave de judo en contra de un alumno, generándole un estrangulamiento, dolor y sufrimiento, producto de la acción realizada y que atentó contra su integridad física.
La resolución, que no había sido advertida por este medio de comunicación hasta el día de hoy, fue acatada pese a que vunera la Libertad de Información y Libertad de Prensa, toda vez que lo denunciado son hechos públicos y notorios, realizados en un lugar público y además, por un funcionario público en el ejercicio de su función pública.
"La libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, constituyen un derecho fundamental de todas las personas. Su ejercicio incluye no ser perseguido ni discriminado a causa de las propias opiniones, buscar y recibir informaciones, y difundirlas por cualquier medio, sin perjuicio de responder de los delitos y abusos que se cometan, en conformidad a la ley", dice la Ley al respecto.
Así, en causa rol Protección 2272-2025, declarada además reservada (no se puede acceder a ella a través del portal del Poder Judicial), se decretó: "Atendido el mérito de los antecedentes, ha lugar a la orden de no innovar solicitada, solo en cuanto se dispone respecto SOCIEDAD PERIODÍSTICA ARAUCANÍA DIARIO LIMITADA anonimice todo dato que permita identificar a (nombre del profesor), a su ex cónyuge y a su hija menor, de las publicaciones que refiere el recurso y respecto de la UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA el cese de la entrega de nombres, apellidos o cualquier otro dato personal del se or Mallol y de su familia a terceros sin autorización expresa o mandato legal".
Por lo mismo y en contra de la voluntad de informar, se ha procedido a tachar el nombre del profesor denunciado, hasta que rija la presente orden de no innovar.
Nos cabe total seguridad de que informar lo sucedido en la Universidad de La Frontera, con el nombre y apellido del docente, donde la agresión a un alumno no ocurría por primera vez, permitió que el mencionado profesor no vuelva a agredir a ningún otro estudiante de la UFRO.
Por otro lado, la llave de estrangulamiento o llave "mata león", es una técnica de sumisión de artes marciales que lleva a la pérdida de consciencia y posterior fallecimiento. Sus efectos no sólo dependen de la habilidad de quien la realiza, sino de las condiciones físicas del afectado, por lo que un desenlace fatal no puede ser previsto ni controlado.
Así, nuestro medio logró prevenir un desenlace aún peor de lo que sucedió en la sala de clases de la universidad en abril de este año.
"El lunes 7 de abril de 2025, durante una clase de un curso de la carrera de Ingeniería Civil Matemática, el profesor perpetró un acto de agresión física de extrema gravedad contra una persona del estamento estudiantil. Mientras la persona se encontraba borrando la pizarra, el profesor la estrangula por la espalda", denunciaron los alumnos a AraucaniaDiario de forma exclusiva.
"Este incidente no es un hecho aislado, sino que representa la segunda agresión física documentada por parte del profesor hacia un miembro del estamento estudiantil, lo que evidencia un patrón de conducta alarmante", agregaron los estudiantes.
De acuerdo a la denuncia de los alumnos, además de las agresiones físicas, el profesor mantenía un comportamiento verbal inapropiado y denigrante, refiriéndose constantemente a los estudiantes con términos vulgares y despectivos.
Finalmente, el docente fue sometido a un sumario administrativo y separado de sus funciones de forma indefinida.

La resolución que autoriza al empresario Marcelo Benito Taladriz para cortar el curso natural del río hacia el lago Caburgua, reconoce que ya existía.

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