
Funcionarios recurren ante el Consejo para la Transparencia en contra del GORE Araucanía
Equipo AraucaniaDiario
La Federación Nacional de Trabajadores del Estado (Fenate), presentó un amparo al derecho de acceso a la información pública, ante el Consejo para la Transparencia (CPLT) en contra del Gobierno Regional (GORE) de La Araucanía, por la falta total de respuesta a una solicitud de información, que según los funcionarios, apunta al corazón de la relación del gobernador René Saffirio con los dirigentes gremiales de su propio servicio.
De acuerdo a lo informado, la solicitud fue ingresada el 6 de julio de 2026 a través del Portal de Transparencia del Estado y quedó registrada bajo el código AB085T0001548.
"Fue el propio Gobierno Regional el que consignó, en su acuse de recibo, que la fecha máxima de entrega vencía el 4 de agosto de 2026. Ese día llegó y pasó sin respuesta total ni parcial: sin documentos, sin prórroga fundada, sin requerimiento de subsanación y sin derivación por incompetencia. Silencio administrativo puro", señalaron desde el gremio.
“Saffirio es un desgobernador que siempre ha pasado por sobre el Estado de Derecho, por sobre las leyes y con esta acción lo demuestra. No vamos a permitir que en democracia se nos niegue información por el sólo hecho de que el señor Saffirio actúe como patrón de fundo, como dueño de la pelota y que cuando se taima se la lleva para la casa. Él es un funcionario público y debe responder por sus acciones”, afirmó el presidente nacional de Fenate, Lenin Arroyo Vega.
Desvinculación de funcionarios con fuero
De acuerdo al comunicado enviado por la federación, el amparo sostiene que la omisión del órgano infringe el artículo 14 y el principio de oportunidad del artículo 11 letra h) de la Ley de Transparencia, y recuerda que la carga de acreditar la entrega dentro de plazo recae en el propio Gobierno Regional, no en quien solicita. Añade que la eventual existencia de delegaciones internas de firma no traslada ni extingue el deber de pronunciamiento radicado en la autoridad superior del servicio.
"Para Fenate, el silencio no es un mero retraso administrativo. La información requerida permite verificar si las desvinculaciones, destinaciones y cambios de funciones que afectaron a dirigentes amparados por fuero se ajustaron a la Ley N° 19.296. Al no responder, el Gobierno Regional impide a la Federación ejercer oportunamente las acciones de tutela que en derecho corresponden y produce un efecto inhibitorio sobre la actividad gremial al interior del propio servicio", explicaron.
"La Federación recuerda, además, que el artículo 25 de la Ley N° 19.296 impone a las autoridades un deber legal autónomo: recibir oportunamente a los dirigentes y proporcionarles la información pertinente a los derechos de sus afiliados. En este caso, sostiene la Federación, no se desatendió una sola obligación legal, sino dos", puntualizaron.
Solicitud al Consejo
Según detallaron los funcionarios, se solicitó al Consejo para la transparencia lo siguiente:
- Que se declare que el Gobierno Regional de La Araucanía infringió el artículo 14 y el principio de
oportunidad de la Ley de Transparencia. - Que se ordene la entrega íntegra de los cuatro capítulos de la solicitud, aplicando divisibilidad y tarjado solo respecto de datos personales legalmente protegidos.
- Que toda inexistencia de documentos sea certificada por acto administrativo fundado, con indicación de las unidades, sistemas y repositorios consultados, y no mediante una afirmación genérica.
- Que se consigne expresamente el apercibimiento del artículo 46 de la Ley de Transparencia para el caso de incumplimiento de lo que se ordene.
- Que se ponderen los antecedentes para los efectos del Título VI de la ley, informando el órgano qué unidad recibió la solicitud, en qué fecha, qué gestiones se realizaron y qué jefaturas intervinieron.
Finalmente, desde la organización informaron que el amparo fue suscrito el 9 de agosto de 2026 por el presidente y representante legal de FENATE, Lenin Arroyo Vega, y se encuentra dentro del plazo de quince días hábiles que fija el artículo 24 de la Ley N° 20.285, el que vence el 25 de agosto de 2026. FENATE anuncia que dará seguimiento público a la tramitación y que evaluará las acciones adicionales que procedan ante los órganos de control.


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