Deuda en colegios con copago no impedirá matrícula para el año siguiente
La Superintendencia de Educación emitió e 27 de julio de este año el dictámen número 75, sobre la prohibición de imponer medidas disciplinarias a estudiantes e impedir la renovación de matrícula, por el no pago de colegiatura asociada a razones socioeconómicas de las familias.
De acuerdo a lo informado en exclusiva a AraucaniaDiario por Marggie Muñoz, superintendenta (s) de Educación, este dictámen afecta a los establecimientos educacionales particulares subvencionados que cobran copago o mensualidad.
"Este pronunciamiento es aplicable a los establecimientos que perciben subvención o aportes del Estado y busca resguardar las trayectorias educativas de las y los estudiantes, evitando que se afecte su derecho a la educación por causales discriminatorias que no le son imputables, como el hecho de que por razones socioeconómicas sus padres o apoderados incumplan el contrato de prestación de servicios educacionales", explicó la autoridad.
"Además, (el dictámen) entrega certezas a las entidades sostenedoras respecto de cómo poner fin al contrato de prestación de servicios, en caso de que una familia incumpla con los pagos y no acredite que esto se debe a un cambio en su situación socioeconómica", agregó Marggie Muñoz.
Conciliación o denuncia
En caso de que la familia no pueda pagar sus mensualidades por un cambio en su situación económica y se le niegue la matrícula para el próximo año, puede concurrir a la Superintendencia.
"En caso de que las familias se vean perjudicadas por una medida de esta naturaleza, pueden recurrir a la Superintendencia de Educación para solicitar una conciliación o ingresar una denuncia", puntualizó la superintendenta (s) de Educación.
Hasta el momento no hay reacciones por parte de los sostenedores que se ven afectados por esta medida, como serían el Liceo Camilo Henríquez de Temuco y el Colegio Centenario.