Congreso aprueba "excepción" para que rectores no tengan que retirarse al cumplir 75 años
Mientras que la edad de jubilación de todos los chienos es de 65 años y todos los funcionarios públicos deben acogerse a retiro de forma obligatoria, a los 75 años, incluyendo jueces e incluso los ministros de la Corte Suprema, existe un grupo de privilegiados para quienes el Gobierno del Presidente Gabriel Boric solicitó una excepción y el Congreso lo concedió.
En efecto, la Ley de Reajuste del Sector Público aprobó el texto que exceptúa a los rectores de las universidades estatales, de cumplir con la Ley 21.724, así como a quienes ellos mismos califiquen como académicos destacados, de manera que no tendrán que renunciar al cumplir esta edad y seguirán recibiendo sus remuneraciones de forma normal.
"Artículo 40.- A las autoridades unipersonales establecidas en la ley N°21.094 y en los estatutos que correspondan, elegidos mediante sistema de votación, así como a los académicos a que se refiere el presente artículo que se desempeñen en las universidades estatales, que durante el ejercicio de dichas calidades cumplan 75 años de edad, no les será aplicable la causal de cese de funciones establecida en el artículo 90 de la ley N° 21.724", dice el texto legal.