Conozca el decreto municipal sobre el uso de elementos de protección de vías respiratorias

La infracción por incumplimiento de esta ordenanza podrá ser sancionada con multa de hasta 1 Unidad Tributaria Mensual, y para fiscalizar el cumplimiento de la normativa se facultará a Inspectores Municipales y a Carabineros.
Uso obligatorio de elementos de protección.

Este miércoles el alcalde de la municipalidad de Temuco, Miguel Becker, en conjunto con el secretario municipal y de acuerdo con el Concejo Municipal, se publicó la ordenanza sobre el uso de elementos de protección de vías respiratorias en el contexto del brote del covid-19 en espacios públicos.

De acuerdo con este decreto publicado en la página web de la Municipalidad de Temuco, algunas de las limitaciones que se imponen a la sociedad, es el uso de elementos de protección de cualquier material que permita cubrir las vías respiratorias al transitar en espacios públicos. Esta medida no descarta el cumplimiento de otras normativas sanitarias como el porte de autorización para transitar durante cuarentena.

Las especificaciones sobre el uso de elementos de protección, es que debe cubrir tanto la boca como la nariz de manera fija, para que no hayan espacios de separación con la cara. Sin embargo, debe procurarse mantener distanciamiento social y el lavado frecuente de manos como medidas alternas de prevención.

Este uso obligatorio de elementos de protección se mantendrá durante la vigencia del Decreto N° 104 con fecha del 18 de marzo que "Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública, en el Territorio de Chile". Por lo que si este llegue a extenderse, el alcalde, previo acuerdo con el Concejo Municipal, podrá prolongar la medida.

La infracción por incumplimiento de esta ordenanza podrá ser sancionada con multa de hasta 1 Unidad Tributaria Mensual, y para fiscalizar el cumplimiento de la normativa se facultará a Inspectores Municipales y a Carabineros.

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