Corte de Temuco rechaza recurso de protección interpuesto por apoderados del colegio George Chaytor
La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó el recurso de protección interpuesto por el Centro de Padres y Apoderados del colegio George Chayton en contra de la Sociedad Educacional Educar S.A., por lo que deberán seguir cancelando su mensualidad, a pesar de lo manifestado por el director nacional del Servicio Nacional del Consumidor Sernac, sobre no estar obligados a pagar por un servicio que no se está prestando.
"... se puede concluir que no se está ante la presencia de derechos indubitados sino de pretensiones que derivan de un supuesto incumplimiento de un contrato Educacional", dice en el fallo.
Además, de encontrarse bajo la obligación de continuar con el pago de las mensualidades, los apoderados tendrán que cancelar las costas procesales generadas por la interposición del recurso legal, estos son, los gastos generados por ambas partes.
Antecedentes
A comienzos de mayo, la Corte de Apelaciones dejó sin efecto la orden de no innovar decretada por el tribunal de alzada, que había suspendido el pago de las mensualidades pactadas entre apoderados del colegio y la Sociedad Educacional Educar S.A., propietaria del establecimiento.
En razón de esto, los apoderados quedaron obligados a continuar cancelando la mensualidad. Desde el inicio de las discusiones e interposición del recurso legal, el rector se refirió a través de un comunicado, que se trata de "un grupo minoritario" de apoderados los que acudieron a la vía judicial.