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¿Quienes se pueden excusar de cumplir con su rol? entre otros y desde este año, las embarazadas, madres de menores de 2 años y personas cuidadoras. Aquí los plazos para excusarse y los requisitos.
La Región20/03/2021
Equipo AraucaniaDiario
230 mil personas fueron convocadas por el Servicio Nacional de Elecciones Servel, para cumplir con su rol de vocales de mesa en las elecciones de alcaldes, gobernadores, concejales y constituyentes el próximo 10 y 11 de abril.
Lo inédito de esta elección, además de elegir por primera vez a los gobernadores regionales y por única oportunidad a los constituyentes que redactarán una nueva Constitución, está en que la votación se llevará a cabo en dos días: 10 y 11 de abril, con el objeto de disminuir el aforo en los locales y asegurar la participación de toda la ciudadanía, en un proceso que tomará más tiempo de lo habitual, debido que se trata de 4 papeletas, donde en dos de ellas (concejales y constituyentes) habrá un gran número de candidatos.
Revisa acá si fuiste llamado como vocal de mesa
Excusas
Desde el lunes 22 y hasta el miércoles 24 de marzo se extenderá el periodo de excusas, para quienes cumplan con los requisitos establecidos en la ley electoral o en las normas producto de la pandemia del COVID-19.
Las excusas son:
- Tener 60 o más años de edad.
- Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y quienes se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
- Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
- Madres de menores de hasta 2 años.
- Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
Dónde excusarse
Las excusas podrán ser formuladas por escrito ante el secretario de la Junta Electoral respectiva o acreditar ante el delegado del local el día de la elección o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad (se desconoce si habrá un mecanismo online para realizar el trámite). Luego de esto, el sábado 27 se conocerá la nómina de vocales reemplazantes, quienes no podrán excusarse.
Los vocales de mesa serán remunerados con un monto de 60 mil pesos por cumplir las jornadas del sábado 10 y domingo 11. Quienes no cumplan con su rol se expondrán a multas que van desde los 100 mil hasta los 400 mil pesos.
Vacunación
Como medida de prevención, a partir del lunes 22 de abril se iniciará la vacunación a los vocales de mesa designados por las Juntas Electorales. Así todos quienes fueron designados por las Juntas Electorales podrán acudir a los centros vacunatorios según el calendario fijado por la autoridad sanitaria:


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