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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Juan Eduardo Millalén Muñoz, a la pena de 5 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de abuso sexual infantil reiterado. Ilícito perpetrado entre octubre de 2010 y septiembre de 2015, en la comuna de Cunco.
La Región04/11/2021
En fallo unánime, el tribunal aplicó a Millalén Muñoz, las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena. Al pago de las costas del procedimiento y la obligación de cumplir programas formativos, laborales, culturales de educación vial, sexual, de tratamiento de la violencia u otros similares.
Asimismo, se le castigó con las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal; a la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidas en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, en cualquiera de sus grados.
Finalmente fue condenado a la prohibición de visitar el domicilio, el lugar de trabajo o el establecimiento educacional de la ofendida, la prohibición de aproximarse a la afectada o a su familia.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.
Los hechos
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que durante el periodo comprendido entre octubre de 2010 a septiembre de 2015, al interior de dos domicilios particulares de la comuna de Cunco, el acusado ejecutó en reiteradas oportunidades, actos de significación sexual y de relevancia consistentes en tocamientos corporales en perjuicio de la víctima, nacida con fecha 27 de septiembre de 2003, de 7 a 11 años de edad a la época de los hechos. Cabe mencionar que el tribunal le otorgó el beneficio de la libertad vigilada intensiva.

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