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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Villarrica condenó a Rigoberto Andrés Gajardo Muñoz a la pena de 12 años de presidio, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Ilícito perpetrado en comuna de Loncoche, en abril de 2020.
La Región25/03/2022Catalina Sánchez HidalgoEn fallo unánime, el tribunal aplicó además, a Gajardo Muñoz las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. Además, se decretó el comiso de las especies incautadas.
El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 20 de abril del 2020, “el acusado Muñoz, concurre hasta el sector Niguen de la comuna de Loncoche, lugar que corresponde al inmueble de la víctima Gabriela Aburto Millacura de 73 años de edad, quien vivía sola en dicho sector".
Una vez en el lugar, al interior del domicilio de la víctima, el acusado Gajardo Muñoz habría tomado un trozo de madera existente en el lugar con el cual habría golpeado en reiteradas ocasiones a la víctima en su cara, cabeza, tronco y manos.
Y es que a consecuencia de lo anterior, Gabriela Aburto Millacura resultó con golpes contundentes en cuero cabelludo, tronco y manos, herida penetrante en región dorsal alta, heridas cortantes pequeñas en cuero cabelludo y cara.
Lesiones que incluso le ocasionaron un traumatismo encéfalo craneano cerrado que la llevó a la muerte, de acuerdo a lo determinado por el médico legista en autopsia efectuada por el Servicio Médico Legal de Temuco.
Declaración
La fiscal, Ghislaime Durán aseguró que “fue relevante en la investigación el trabajo dirigido por el equipo de la Fiscalía de Loncoche y de personal de la Brigada de Homicidios, quienes recabaron los testimonios de vecinos del sector, permitiendo a pocas horas de ocurrido el hecho la individualización del acusado”.
"...además de la prueba científica obtenida por el Laboratorio de Criminalística de la PDI, como una huella dactilar y ADN levantado del sitio del suceso, permitieron al Tribunal Oral arribar a una sentencia condenatoria", valoró la fiscal Durán.
Cabe mencionar que el condenado declaró en el juicio oral y reconoció que dos o tres semanas antes de los hechos había conocido a la víctima, con quien había llegado a un acuerdo económico para limpiarle su propiedad.
Según su versión, la anciana le dio un adelanto de $20.000, pero no le pagó el resto, por lo que ese día fue hasta su casa para cobrarle y como ella le dijo que no tenía dinero la agredió con un madero.
En un comienzo el hecho fue investigado baja hipótesis del robo con homicidio, pero la sustracción de dinero u otras especies no pudo sostenerse con la evidencia reunida por lo que, de acuerdo al principio de objetividad, Rigoberto Gajardo Muñoz fue acusado y llevado a juicio sólo por el homicidio.
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