
Presidente de Fundación Local es formalizado y queda en prisión preventiva
Héctor Troncoso fue formalizado por Fraude al fisco, uso malicioso de instrumento privado, uso malicioso instrumento privado mercantil y administración desleal.
La defensora manifestó que en el recurso de nulidad allegaron pruebas que demuestran que el acusado no participó de los hechos y que se afectó el debido proceso, por lo que acudirán a tribunales internacionales.
La Región14/03/2024El comunero mapuche Luis Tranamil fue condenado a 32 años de cárcel "sin prueba directa" de su participación, como señaló en su oportunidad el ministerio Público, pero además, afectándose el debido proceso y su presunción de inocencia, según manifestó su abogada Karina Riquelme, la que a través de un recurso de nulidad de 80 páginas y con varias causales para anular el juicio oral, pensaba cambiaría el destino del hombre de Metrenco, en la comuna de Padre Las Casas.
Sin embargo, no fue así. Ni la Corte Suprema quiso revisar el caso, ni la Corte de Apelaciones de Temuco acogió ninguno de los motivos para anular el juicio y ordenar su repetición Tranamil deberá seguir en la cárcel, al menos hasta cumplir la mitad de la condena o que un tribunal internacional revierta lo decidido por la justicia chilena.
"En casos tan importantes y de repercusión pública como estos, evidentemente la discusión respecto del derecho debe ser sumamente estricta. Lo cierto es que hoy día la Corte de Apelaciones ha decidido rechazar en todas sus partes un recurso de nulidad, en el cual se explicitó cómo se afectó el derecho a la defensa de Luis Tranamil y cómo en el juicio oral, no se probo que él fuera efectivamente el coautor del homicidio del cabo Naín", dijo Karina Riquelme.
"Ni menos el autor de dos homicidios frustrados, tres delitos por los cuales fue condenado a 32 años. Creemos que la vulneración al debido proceso y a la presunción de inocencia de Luis Tranamil debe ser objeto de revisión ante tribunales internacionales"", agregó.
"Ciertamente un recurso de nulidad como el que presentamos primeramente ante la Corte Suprema, quien también lamentamos que no haya querido revisarlo, puesto que es muy importante, para poder preservar la independencia de todas las instituciones y el estado de derecho de la República, que este tipo de casos sea revisado con suma prolijidad, lo que creemos que evidentemente no sucedió", manifestó Riquelme.
Para la abogada defensora, las nulidades presentadas debieron de haber sido aceptadas, ya que incluso se aportaron pruebas que descartan la participación de Tranamil en el asesinato. "... el recurso que presentamos mantenía pruebas que dan cuenta que en el juicio oral no se probó la participación de Luis Tranamil", puntualizó Karina Riquelme.
"Nuevamente una persona inocente se encontrará privada de libertad, en una sentencia que nos parece sumamente injusta", finalizó la abogada defensora.
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Entre las conductas reconocidas se incluyen besos forzados, tocaciones en zonas íntimas, desabroche de prendas y comentarios de connotación sexual.
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