
Corte Suprema deja en libertad a Facundo Jones Huala
Equipo AraucaniaDiario
La Corte Suprema ordenó la libertad inmediata del comunero mapuche de nacionalidad argentina Facundo Jones Huala, miembro del grupo Resistencia Ancestral Mapuche (RAM), que opera en el país trasandino.
La Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de amparo interpuesto en favor de Jones Huala e indicó que se debe tener por cumplido el saldo de pena que lo mantenía privado de libertad, ahora en el Hospital Intercultural de Nueva Imperial.
El argentino fue condenado en diciembre de 2018 a nueve años de cárcel por su participación en en atentado al fundo Pisú Pisué, en la región de Los Ríos, por intimidar a una familia, seis adultos y cuatro menores, entre ellos, un lactante de seis meses y prenderle fuego a la vivienda.
El fallo
El fallo de la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco, que señalaba que al comunero mapuche le faltaba aún casi un año para cumplir su condena, dando "ha lugar" al recurso de amparo de la Defensoría Penal Pública.
“Teniendo presente que el saldo de condena que el amparado debía cumplir conforme se estableció en las sentencias de extradición era de 1 año, cuatro meses y 17 días, a este periodo de tiempo se debe descontar el abono efectuado por el Juzgado de Garantía de Río Bueno, correspondiente al tiempo que el amparado permaneció privado de libertad en Argentina durante la tramitación de la extradición, correspondiente a 11 meses y 5 días, lo que equivale a 341 días", señaló la Corte Suprema.
"Así las cosas, el saldo que al amparado le resta por cumplir es de 5 meses y 12 días, que corresponden a 162 días. Teniendo presente que el condenado reingresó a cumplir el saldo de pena el 4 de enero del 2024, la pena se cumplió el 14 de junio de 2024, de manera que como se ha venido razonando, se encuentra ilegalmente privado de su libertad”, agregó la Corte Suprema.
La defensa
Por su parte, la defensora penal pública Gigliola Burgos valoró la decisión del máximo tribunal del país. “A través de un fallo unánime se recogieron todos los argumentos expuestos por la Defensoría. El caso se trataba de una discrepancia que existía en el cómputo del saldo de pena que le restaba por cumplir a nuestro representado. En ese sentido, Gendarmería planteaba que él cumplía su condena en junio del año 2025 y la Defensoría lo que planteó es que el cumplimiento de pena se daba en junio del año 2024″, dijo la abogada.
"La Corte Suprema, para dar cumplimiento a las obligaciones contraídas, por el Estado chileno a través del derecho internacional y que de buena fe fueron suscritos tratados internacionales que intervinieron en la resolución del caso en esta materia, decidió en definitiva acoger las peticiones de la defensa”, agregó la abogada.
“Es así como a través de este trabajo hoy mi representado adquiere su orden de libertad inmediata”, finalizó Gigliola Burgos.


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