Que las vacaciones no sean sinónimo de abandono animal

Paulina Escobar, académica carrera de Derecho, Universidad de Las Américas, Sede Concepción.

Opinión06/02/2025Equipo AraucaniaDiario SEquipo AraucaniaDiario S
Paulina Escobar

Llega la temporada estival y con ello los paseos familiares y las tan anheladas vacaciones, lo cual muchas veces significa una gran preocupación para quienes tienen mascotas. Lo anterior, ya que surge la inevitable pregunta: ¿con quién o dónde dejamos a los gatos o perros mientras estamos fuera de casa?

Poner a nuestras mascotas bajo el cuidado de un tercero responsable, sería una alternativa correcta de ejercer la tenencia animal, pero existen personas que piensan que basta con dejarles comida y agua para un par de días y no se encargan de analizar esta importante situación.

¿Cuál es el problema de todo esto?. La Ley N° 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, establece que “el abandono de animales es considerado maltrato y será sancionado de acuerdo a lo establecido en el artículo 291 bis del Código Penal”, por ende, no resulta tan sencillo salir y olvidarse de las mascotas, ya  que, el abandono animal esta sancionado con pena de presidio, es decir, cumplimiento efectivo en un centro penitenciario que puede ir desde los 61 días a 3 años,  y multa de 2 a 30 UTM, o solamente multa en ciertos casos.

Sin ir más lejos, hace pocos días se conoció un caso en el cual mediante una denuncia se detuvo por parte de la Policía de Investigaciones de Chile al dueño de nueve perros, los cuales se encontraban en estado de desnutrición y deficientes condiciones sanitarias, quedando el detenido a disposición del Juzgado de Garantía del lugar donde ocurrieron los hechos.

A casi ocho años de la entrada en vigencia de esta normativa, observamos como poco a poco las personas comienzan a tomar consciencia de lo que significa tener una mascota, que no es solamente alimentarlas, darles amor y tomarles fotografías para presumir sus travesuras, sino que también se debe cumplir con ciertas obligaciones que impone la ley. Entre estas destaca el inscribirlas en el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, ya sea, mediante microchip u otro dispositivo externo, pudiendo ser un collar con su placa identificadora, que esté certificado por el médico veterinario o técnico veterinario y la respectiva declaración jurada simple del tenedor del animal. 

No olvidemos a nuestras mascotas por horas dentro de un vehículo con estas altas temperaturas, ya que la deshidratación puede provocarles la muerte. Tampoco pensemos en irnos de vacaciones sin dejarlos al cuidado de otra persona o en un hotel canino, donde les proporcionen los cuidados que ellos necesitan. Las mascotas son seres sintientes, por lo tanto, no les hagamos lo que no nos gustaría que nos hicieran a nosotros.

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