
Corte rechaza paralizar pagos en colegio Bautista pero admite a tramitación recurso de protección
Equipo AraucaniaDiario
La Corte de Apelaciones de Temuco declaró admisible el recurso de protección interpuesto por apoderados del Colegio Bautista de Temuco, por incumplimiento del contrato de prestación de servicios educacionales vigente entre las partes.
"Se declara admisible el recurso de protección, en consecuencia se ordena informe la recurrida dentro del plazo de ocho días, adjuntando todos los antecedentes que sobre la materia digan relación, bajo apercibimiento de prescindir de dicho informe si éste no es evacuado dentro de dicho plazo, debiendo además, en lo posible acompañar el informe respectivo en formato digital", dice la resolución del tribunal de alzada.
El recurso fue presentado luego de que según los apoderados, el establecimiento implementara el despacho de guías y una clase por asignatura vía videoconferencia a la semana, sin modificar la obligación de pago de mensualidades.
"Todos los recurrentes somos apoderados del Colegio Bautista, y hemos tenido que presentar ésta acción, frente a las insuficientes respuestas que hemos recibido por la propagación de la pandemia Covid19 en relación al plan educacional de nuestros hijos y el pago íntegro de sus mensualidades que se se nos exige", comienza el recurso presentado.
"Se suspenden las clases el 16 de marzo del 2020, sin que nuestros hijos estudiantes puedan acceder a los contenidos educativos de manera presencial, sólo a través de guías que envía el colegio, o clases video llamada, una asignatura por semana con una clase de no más de 40 minutos, se ha solicitado al colegio subsanar ésta poco eficiente entrega, sin embargo, las respuestas han sido insuficientes", dicen los apoderados que suscriben la acción judicial.
Sin embargo, según confirmaron a AraucaniaDiario apoderados que no se adhirieron al recurso, el establecimiento realiza clases por vía remota todos los días de la semana, comenzando por un "devocional" a las 09:00 horas cada día.
"Luego los niños tienen por Zoom una, dos y hasta tres clases cada día, con sus profesores por vía remota", dijo un apoderado de quinto básico.
En fallo unánime de los ministros Julio César Grandón, Alejandro Vera y Cecilia Aravena, la primera sala del de la Corte de Apelaciones de Temuco ordenó a la fundación educacional propietaria del establecimiento, remitir informe sobre la materia en el plazo de ocho días, no obstante que a diferencia de lo sucedido con el colegio particular George Chaytor de Temuco, se denegó la orden de no innovar solicitada y que buscaba paralizar la obligatoriedad de continuar pagando las mensualidades del establecimiento.


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