Juzgados de Familia han recibido 155 mil solicitudes de retención del segundo 10%

La ministra vocera de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich, informó este martes que el Poder Judicial ha recibido 155.577 solicitudes de retención del retiro por concepto de deudas de pensión de alimentos en los juzgados de Familia en todo el país. 6.439 corresponden a La Araucanía.

Chile y el Mundo 17/12/2020 Equipo AraucaniaDiario Equipo AraucaniaDiario
Solicitudes de retención.
Solicitudes de retención.

En cuanto al 1º retiro, la ministra detalló que, de un total de 386 mil solicitudes de retención, se han decretado 307 mil cautelares de fondo y 245 mil liquidaciones. Además, precisó que se han dictado 135 mil órdenes de pago a las AFP.

La ministra coordinadora se hizo cargo del tiempo que se debe tomar para la concreción de la orden de pago de la deuda de pensión de alimentos: "En lo concerniente a las solicitudes formuladas por las partes, en particular, la parte demandante que tiene la legítima expectativa de ver satisfecha prontamente su acreencia, esto es, que se pague la deuda cuyo cobro persigue, corresponde recalcar que los tribunales  no pueden adoptar una decisión en ese sentido de manera inmediata, automática, pues es necesario respetar las garantías procesales que tienen las partes litigantes. En efecto, los tribunales no son solo receptores de las solicitudes de retención de fondos, pues, como en todas sus actuaciones, deben revisar los antecedentes para dictar una resolución. El proceso es largo, complejo, y no hay sistemas masivos de tramitación", explicó la ministra

"Es necesario notificar la liquidación que señala el monto de la deuda a las partes del juicio, esto es, demandante y demandada, y ambas pueden reclamar y exigir revisiones, lo que significa que puede pasar tiempo antes de que el monto esté afinado. Solo, entonces, con este proceso terminado, el tribunal respectivo de oficio ordenará a la AFP correspondiente pagar el monto de la deuda con los fondos retenidos. Tratándose de la subrogación se requiere: que los afiliados alimentantes tengan la calidad de deudor moroso, lo que implica que es necesario una liquidación ejecutoriada; y deben tener fondos previsionales en su cuenta individual", fundamentó.

La autoridad explicó que el Poder Judicial ha generado avances tecnológicos y apoyos profesionales a los juzgados de Familia para acelerar lo más posible el pago de las deudas. "El llamado es a ser pacientes, a tener la confianza que el Poder Judicial está haciendo todo lo posible para que los pagos se concreten en el menor tiempo, y lo que afirmo lo demuestran las medidas implementadas para lograr ese propósito".

Por ejemplo, mencionó los trámite fácil que facilitan hacer las solicitudes sin concurrir a los tribunales, la herramienta en la Oficina Judicial Virtual que permite a los litigantes conocer el estado de su causa, la incorporación de jueces y juezas de Tribunales Orales a la judicatura de Familia, el apoyo a las AFP, entre otros.

La ministra Chevesich insistió que la solución al incumplimiento en el pago de las pensiones de alimentos y la postura de no respetar los derechos de los NNA sobrepasa con creces las funciones del Poder Judicial, "por lo que es necesario que todos los agentes estatales con competencias en estas materias se aboquen a proponer avances y correcciones, estando disponibles para, desde nuestra experiencia, contribuir en todas las instancias para estos efectos".

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