Corte acoge recurso en contra del Banco Scotiabank por cerrar línea de crédito a cliente de forma arbitraria

La solicitud fue interpuesta por el abogado José Luis Neira, debido a que la entidad bancaria cerró una línea de crédito y extrajo fondos de una cuenta corriente para pagar la misma, sin notificar al titular de la cuenta ni su consentimiento.

La Región 05/04/2021 Yuliana Montiel Yuliana Montiel
Scotiabank Temuco.
Scotiabank Temuco.

La Corte de Apelaciones de Temuco acogió recurso de protección en contra del Banco Scotiabank y ordenó a la entidad bancaria la reapertura de una línea de crédito, que la misma cerró y canceló con fondos de una cuenta corriente sin consultar al titular sobre estas acciones. En consecuencia, el banco tendrá que reintegrar el dinero.

El recurso de protección fue presentado por el abogado -y cliente afectado- José Luis Neira, quien alegó que se trató de un acto arbitrario e ilegal, al cerrar sin previo aviso su línea de crédito y extraer de sus fondos, vulnerando así los numerales 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, es decir, realizar un trato discriminatorio respecto a otros clientes y desconocer los derechos adquirido por contrato suscritos. Esto, pese a que el recurrente habría celebrado un contrato con el Banco BBVA (el cual fue adquirido por la entidad bancaria Scotiabank). En este acuerdo, se le aseguró que a pesar de que se estaban realizando dichos cambios, ninguno de sus clientes se vería afectado por alteraciones en las condiciones y, por lo tanto, mantendrían los mismos beneficios.

De aquí la sorpresa de Neira, cuando al querer efectuar una transacción, se encontró con que no disponía de saldo suficiente y al dirigirse al banco se enteró de que su línea de crédito (de 1.200.000) había sido cerrada, mientras que en su cuenta corriente se le había descontado (1.302.968) para pagar la misma, más otros intereses cuyo recargo de suma desconoce y desde la entidad financiera tampoco le entregaron una respuesta sobre ello.

En el recurso, el recurrente señala que la respuesta del gerente de la sucursal fue "que las condiciones ahora habían cambiado y que no era cliente para ellos que mereciera continuar con dicha línea".

De acuerdo con Neira, no solo no registra deudas, sino que posee un puntaje de 999 en Dicom, "que no registra deuda castigada, y en la figura la línea de crédito vigente hasta el 30 de junio por menos de $ 1.200.000 lejos del monto descontado".

"Todo el actuar del banco resulta arbitrario e ilegal, pues señala no se respeta lo pactado, se cierra la línea de crédito sin mayores explicaciones y cuando pido una razón no se me da un motivo objetivo por cual se procede de esta manera, sin respetar los contratos vigentes y que aseguraron respetar en las mismas condiciones que cuando era cliente del BBVA", indica el recurrente.

Decisión

Tras razonar sobre los alegatos de ambas partes, el tribunal de alzada consideró que si bien el Banco está habilitado para disponer del cierre de cuentas corrientes y esto se encuentra dentro del margen contractual, no por ello puede actuar de forma unilateral e infundada para el cierre de la línea de crédito, sin alguna base motivacional.

Esta razón, llevó a la Corte de Apelaciones de Temuco a "acoger la acoger la presente acción constitucional, en razón de que aparece además manifiesto que producto del actuar ya señalado se ha afectado el derecho de propiedad que posee el recurrente respecto de los fondos que mantenía en la cuenta corriente, al momento de efectuarse un traspaso injustificado de ellos para pagar la línea de crédito cerrada sin motivo ni aviso previo".

Finalmente ordena a la institución a la reapertura de la línea crédito y al reintegro de fondos que fueron descontados de su cuenta para el pago de la misma.

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