
Sale la verdad: Cierre del brazo del río Trafampulli es para cuidar derechos de agua de empresarios
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Según ha trascendido existen "listas negras" de los trabajadores del sector público que habrían ingresado en el Gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera y que serían despedidos por las nuevas autoridades. Abogada laboral aconseja qué hacer.
La Región30/11/2022
Equipo AraucaniaDiario
Hoy debieran ser propuestas las renovaciones de contrato de todos los funcionarios públicos que no son "de planta" (prácticamente inamovibles) o que trabajan a honorarios; es decir, de quienes trabajan "a contrata" y cuyos cargos se deben renovar año a año, antes del 1 de diciembre.
En efecto, la Ley que rige a la administración pública señala que cada año se debe proponer la renovación de las "contratas" y caso contrario, llegan trabajando sólo hasta fin de año.
"Los empleos a contrata durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga con treinta días de anticipación a lo menos", dice la Ley.
Así, hoy se deben enviar todas las cartas de aviso de renovación de contrata y a quienes no se les envíe, deberán entender que su contrato termina este año y estarían virtualmente despedidos.
Sin embargo, no todo estaría perdido, ya que al comienzo del Gobierno del ex Presidente Sebastián Piñera la Contraloría General de la República (Dictamen N°6400, publicado el 3 marzo de 2018), actualizó as instrucciones y criterios complementarios sobre Confianza Legítima para los funcionarios a contrata del sector público.
"Este principio opera como una protección laboral, puesto que entiende que se genera la confianza legítima de que la renovación de la contrata será repetida en el futuro”, dice la abogada laboral Valeri Barría.
"De esta forma, si un funcionario público ha estado más de dos años completos o ha tenido dos o más renovaciones de contrata consecutiva, sin interrupción entre una designación y la siguiente, no podría ser despedido, no obstante que en los servicios publico lo hacen igual", agrega.
Por lo mismo, aconseja la abogada laboral experta en Derecho Administrativo y en temas funcionarios, no hay que quedarse de brazos cruzados y se debe pelear hasta el final por sus derechos. "El funcionario puede reclamar a la Contraloría General de la República en un plazo de 10 días hábiles desde que se notifica el acto administrativo. O bien, recurrir mediante una acción de protección ante la Corte de Apelaciones, dentro de los 30 días corridos desde recibida la notificación", explica Valeri Barría.
"En caso de obtener una sentencia favorable en la Contraloría o en la Corte de Apelaciones, se obligará al Servicio Público a renovar la contratación del funcionario por todo el año siguiente o lo que reste para culminar su periodo, manteniéndose la "confianza legítima" para el año siguiente", finaliza Valeri Barría (correo electrónico [email protected] celular 09 83415475).

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