
Diputada deja "plantados" a dirigentes de asociación de agricultores
La mujer -que fue reelecta para representarlos por Malleco- simplemente "no apareció" en la sesión que debía realizar la Comisión de Agricultura en el INIA.
Ricardo Peña en Loncoche, Manuel Salas en Nueva Imperial, Jorge Saquel en Curacautín y Pablo Astete en Villarrica, no podrán inscribirse para competir nuevamente.
Política15/06/2024
Equipo AraucaniaDiario
El espíritu de la Ley, que de manera histórica le cerró la puerta a los políticos que, de por vida, ejercían cargos públicos siendo elegidos por votación popular, buscaba justamente eso, que quienes cumplan ciertos cargos de elección popular, no vuelvan una vez cumplido el plazo señalado.
La histórica Ley, promulgada y defendida por el exPresidente Sebastián Piñera, dice que los alcaldes -y otros cargos con sus respectivos plazos- podrán reelegirse sucesivamente dos veces, con un total de tres periodos o 12 años de mandato.
Sin embargo, varios exalcaldes pretendían volver a competir para ser alcaldes nuevamente, luego de haber dejado pasar un periodo, pero la cosa no es así y el Servicio Electoral lo aclaró.
Es el caso en La Araucanía de Ricardo Peña en Loncoche, Manuel Salas en Nueva Imperial, Jorge Saquel en Curacautín y Pablo Astete en Villarrica, quienes podrían haber inscrito sus candidaturas, de no ser por la certificación del Servel que les cerró la puerta.
Según Acuerdo O541/22.05.24/1, de fecha 22 de mayo de 2024, el Consejo Directivo del Servel analizó y zanjó la controversia en favor de la ciudadanía.
"El Consejo Directivo considera la aplicación de las normas sobre límite a la reelección de autoridades a elegirse en las elecciones regionales y municipales que se celebrarán el día 27 de octubre del presente", informó Nelson Ortiz Villalobos, Secretario abogado del Consejo Directivo del Servicio Electoral y señaló a continuación sobre la limitación para los alcaldes.
"Las normas citadas que se aplicarán en este proceso electoral (consejeros regionales, alcaldes y concejales), comparten el concepto “sucesivamente” dentro de su redacción. El Consejo establece que la persona de que se trate debe haber sido elegida en tres periodos consecutivos en el tiempo para que se cumpla este supuesto", señala el Servel.
"Por tanto, están habilitadas para presentar candidaturas, aquellas personas que hayan ejercido uno o dos periodos el cargo y que en el proceso inmediatamente anterior al de la presente elección no lo hayan desempeñado", agrego, cerrándole la puerta a quienes buscaban ir nuevamente y que ya tuvieron tres periodos en el cargo.
Y si algún exalcalde pensó que entonces podía cambiarse de comuna, el Servel también le dijo que no. "Las normas citadas establecen límite a la reelección en el mismo cargo respecto de cualquier territorio electoral, es decir, no habilita al postulante el presentar candidatura a una provincia o comuna distinta", cerró el Servel.
Lo anterior rige para todo Chile.

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El senador electo se refirió a la actitud de algunos "políticos" de la región, ante el inminente triunfo de José Antonio Kast el 14 de diciembre.

La parlamentaria criticó además que el senador electo con la primera mayoría en la región, de por ganador al candidato José Antonio Kast.

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El parlamentario reiteró su inocencia en el caso Convenios y señaló que no existe registro histórico de alguien que haya sido reingresado 5 veces a prisión preventiva.

Se busca fortalecer la inclusión de personas con discapacidad en el mundo laboral, entregando herramientas concretas a quienes liderarán este cambio.

En un proceso de consulta indígena dirigentes de la Mesa Territorial se percataron que se les pretende cobrar por transitar entre Collipulli, Ercilla y Victoria.

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