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En la segunda parte del informe final N° 684-A de 2023, la CGE no detectó irregularidades respecto de las fundaciones Local, Educacional Alihuen Consultores, EDUCC, Espacio Coigüe, FOLAB e Instituto Vladimir Nazor.
La Región02/09/2024Equipo AraucaniaDiarioLa Contraloría General de la República (CGR) evacuó el informe número 143 del 2024, segunda parte del informe final N° 684-A, de 2023, que fue entregado el 9 de noviembre de 2023, en el cual se advirtieron una serie de irregularidades relativas a convenios de transferencias aprobados por el GORE entre los años 2022 y 2023, con las fundaciones Educacional Alihuen Consultores, EDUCC, Espacio Coigüe, FOLAB, Instituto Hernando de Magallanes, Instituto Vladimir Nazor y Local.
Así las cosas y haciendo una clara diferencia entre "irregularidades" e "ilegalidades", pasamos a detallar lo observado por la Contraloría y las correspondientes acciones que se deberán implementar.
El resumen de lo observado por la Contraloría, según su propio texto y luego de realizar un exhaustivo examen de cuentas, relativo a las rendiciones aprobadas por el Gobierno Regional de La Araucanía, es el siguiente:
"1. Se constató, que mediante resolución N° 69 de 2022, se aprobó el convenio de transferencias de recursos, entre el Gobierno Regional de La Araucanía y la Fundación Instituto Hernando de Magallanes, para el desarrollo del programa denominado “Capacitación a los conductores de la locomoción colectiva mayor Temuco-Padre Las Casas”, posteriormente dicho convenio fue modificado por resolución N° 134 de esa misma anualidad, con la finalidad de ampliar el monto de la iniciativa y la cantidad de beneficiarios, quedando en M$ 889.600 y un total de 589 conductores capacitados.
Ahora bien, dicha iniciativa contemplaba en el mencionado convenio, específicamente la cláusula tercera, “descripción de la iniciativa”, componente 1, “implementar un programa de capacitación para conductores no dueños de buses de transporte mayor”. Así entonces, se estableció en la mencionada clausula, letra A) para el componente 1, que en lo que interesa “Se formalizará el vínculo con un Organismo Técnico de Capacitación (OTEC), quien será el encargado de impartir el programa de capacitación”. Sobre el particular, se pudo constatar que efectivamente la capacitación para los conductores de la locomoción colectiva de Temuco y Padre Las Casas se realizó, así como también los respectivos pagos de los incentivos a cada beneficiario.
Sin perjuicio de lo anterior, efectuadas las validaciones correspondientes por esta Entidad de Control, cabe precisar que la empresa “Sociedad Red de Capacitación de Chile Limitada”, emitió 8 facturas por un total de $ 246.800.000 a la Fundación Instituto Hernando de Magallanes, los que fueron rendidos y posteriormente aprobados por el GORE de La Araucanía, no constando que la OTEC RED CAP haya impartido efectivamente los módulos relacionados con la capacitación en comento, toda vez que entrevistados los relatores que desarrollaron dicha actividad, mediante declaración voluntaria informaron que fueron contactados por doña Patricia Camelio Nazor, quien es presidenta y representante de la referida fundación, para dictar los cursos relacionados con los módulos de electromovilidad de dicha actividad. A mayor abundamiento, fueron puestas a disposición de esta Entidad de Control las boletas de honorarios que dichos expositores remitieron a la fundación en comento y no a la mencionada OTEC.
A su vez, se entrevistó a los dirigentes gremiales señores Marcelo Aurolo Riquelme y Bernardo Cofré Soto, quienes, mediante declaración voluntaria, confirmaron que la Fundación Instituto Hernando de Magallanes, fue el organismo que desarrolló la capacitación, desconociendo la participación de la OTEC RED CAP. En este orden de ideas, de igual forma se tomó declaración al profesional del Gobierno Regional de La Araucanía, encargado de realizar la supervisión y seguimiento de la iniciativa en cuestión, quien señaló, en síntesis, que doña Patricia Camelio Nazor le consultó si ella con el Instituto Hernando de Magallanes podía ejecutar las capacitaciones, a lo que se le respondió desde la División, previas consultas, que aquello no era factible y que posterior a ello se presentaron las facturas de RED CAP como ejecutante de las capacitaciones, sobre quien no tenía información que realizaría dichas actividades. Sin embargo lo acá observado, y al tenor de lo indicado por dicho funcionario, se corroboró que las facturas presentadas por la empresa en cuestión fueron aprobadas sin objeción.
Con todo, de la validación efectuada por esta Entidad de Control, no hace más que confirmar que dicho organismo técnico no ejecutó las capacitaciones. Por consiguiente, el Gobierno Regional deberá definir y adoptar las acciones pertinentes, tendientes a evitar, en lo sucesivo, el incumplimiento de las cláusulas establecidas en los convenios de transferencias y validar fehacientemente la factibilidad del desarrollo de actividades convenidas, en atención al cumplimiento de los fines de dichas iniciativas.
Además, el presente informe se remitirá al Ministerio Público y al Consejo de Defensa del Estado, dado el proceso penal relacionado con la materia en el que dichos organismos son parte, como, asimismo, atendido que el hecho descrito revestiría e caracteres de delito. Asimismo, se enviará al Servicio de Impuestos Internos, toda vez que según las indagaciones y los antecedentes tenidos a la vista por parte de esta Entidad de Control, fue la Fundación Instituto Hernando de Magallanes quien en los hechos realizó la capacitación, no obstante, adjuntó las facturas correspondientes a la OTEC Sociedad Red de Capacitación de Chile Limitada (RED CAP).
Por último, esta Entidad de Fiscalización incluirá lo observado en el procedimiento disciplinario que se está llevando a cabo en el Gobierno Regional de La Araucanía sobre la materia, según consta en el PD00863, de 2023, de esta Sede de Control.
2. Se constató que doña Nataly Miranda Cabrera, quien actualmente se encuentra trabajando en Fundación Local prestando servicios a honorarios y que anteriormente cumplió funciones como profesional en la División de Fomento e Industria en el Gobierno Regional de La Araucanía, específicamente hasta el 3 de enero de 2023, aún se encontraba como apoderado de la cuenta corriente N° 62909000021, del Banco Estado, denominada Servicio Bienestar GORE Araucanía, de acuerdo a la información proporcionada por dicha institución financiera al 31 de julio de 2023.
Al respecto, esa entidad deberá acreditar la eliminación de la firma de la exfuncionaria tanto en la cuenta corriente del banco y su calidad de apoderado de esta, remitiendo dicha información a esta Entidad de Control, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo al Cumplimiento CGR, en el plazo de 60 días hábiles".
Sobre las transferencias realizadas a las fundaciones Educacional Alihuen Consultores, EDUCC, Espacio Coigüe, FOLAB, Instituto Vladimir Nazor y Local, no se hicieron observaciones en esta segunda parte del informe.
Cabe señalar además, que en el primer informe de la Contraloría tampoco se detectaron "ilegalidades", sino "irregularidades", es decir, falta de firmas, errores administrativos, falta de información y otros que sin embargo, de igual manera fueron enviados al Ministerio Público por la Contraloría.
Asimismo, el ente Contralor aprobó la asignación directa realizada por el Gobierno Regional de La Araucanía a todas las fundaciones adjudicadas.
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