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El Gobierno reconoció que la construcción del dique para cerrar el afluente del lago Caburgua, es para resguardar el cauce a quienes tienen derechos.
El recurso de Amparo del INDH fue acogido, considerando que Gendarmería no cumplió con lo previsto en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas.
La Región20/04/2025
Equipo AraucaniaDiario
La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de Amparo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), a favor de una adulta mayor de 68 años que fue trasladada con esposas y grilletes, a un centro de salud en febrero de este año, a un control médico.
La mujer fue llevada desde el Centro Penitenciario Femenino (CPF) de Temuco, donde se encontraba privada de libertad, a un consultorio, debiendo permanecer durante todo el traslado en el piso del furgón, por no tener cómo sujetarse, atendidas las esposas y grilletes que mantenía tenía puestas.
Por lo mismo, la Corte de Apelaciones dispuso que las medidas de seguridad que en el futuro se adopten por Gendarmería, durante los traslados de la amparada a algún recinto asistencial de salud, se deberán efectuar dando estricto cumplimiento a lo previsto en las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas.
"(Gendarmería) deberá revisar y adecuar, de ser necesario, sus protocolos de actuación en materia de traslado a centros de salud externos, conforme a la normativa Internacional suscrita por Chile relativa a mujeres privadas de libertad, así como a aquella relativa a la erradicación de todas las formas de violencia y discriminación en contra de las mujeres”, dice el fallo.
Por su parte, la abogada del INDH afirmó que la Corte concluyó que la acción de Gendarmería constituye una forma de coerción indigna e improcedente, por cuanto sólo era suficiente la vigilancia presencial para controlar un eventual riesgo de evasión.

El Gobierno reconoció que la construcción del dique para cerrar el afluente del lago Caburgua, es para resguardar el cauce a quienes tienen derechos.

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