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Según el abogado defensor, la mujer se retractó de la denuncia, lo que que consta en un documento que incluso tiene el timbre del fiscal Cristian Gacitúa de Angol.
La Región28/05/2025
Equipo AraucaniaDiario
La Corte Suprema revocó la prisión preventiva de Luciano Tillería Novoa, acusado de violación por su expareja, debido a la falta de fundamentos que justificaran la medida cautelar, según dio a conocer en un fallo por un recurso de Amparo presentado por la defensa del hombre.
Según los hechos denunciados originalmente, que se registraron en Los Sauces el 31 de julio del 2024, la supuesta víctima de violación llegó hasta Carabineros para dar cuenta que había sido objeto de la agresión sexual, siendo llevada hasta el Hospital de Angol para constatar lesiones.
A raíz de la denuncia, Tillería fue detenido y formalizado por el delito de violación en agosto del año pasado, en el Juzgado de Garantía de Purén, donde quedó en prisión preventiva, pese a la reiteración de su inocencia por parte del imputado.
Sin embargo, a medida que avanzó la investigación -con el acusado en la cárcel- la mujer se retractó de la denuncia, revelando que asusó de violación a su expareja por celos, según señaló el abogado Eduardo Becas, defensor de Tillería.
“En el contexto de una discusión, que mi representado junto a su expareja tuvo el 31 de julio de 2024, por motivos que hoy día aparecen aclarados en el proceso penal, esta persona por celos lo denunció de haber cometido un delito de agresión sexual en contra de ella. En este caso, se trató del delito de violación”, dijo Becas.
Así, el abogado apeló la medida cautelar de prisión preventiva sin éxito, ya que la Corte de Apelaciones de Temuco y de Valdivia confirmaron la decisión del juzgado de Garantía. Sin embargo, Becas interpuso un recurso de Amparo, el que fue resuelto por la Corte Suprema.
Tras pasar cerca 10 meses en prisión preventiva en la cárcel de Traiguén, el máximo tribunal del país revocó la medida cautelar y la reemplazó por arresto domiciliario total. El máximo tribunal del país determinó que la privación de libertad de Tillería estuvo desprovista de la “imperativa fundamentación” y que a partir de esto "se constata una vulneración de una forma intrínseca que debe cumplir toda resolución que prive, limite o coarte la libertad personal”.
Por su parte, el fiscal de jefe de Angol, Cristian Gacitúa, explicó que se trató de un fallo dividido de 3 votos contra dos, donde según el fiscal, no se cuestionó la investigación del Ministerio Público, pese a los antecedentes que según la defensa, el fiscal tenía.
Según Eduardo Becas, el trabajo del Ministerio Público ha sido “ciego”, ya que la mujer se retractó de la denuncia de violación, lo que quedó comprobado en un documento que tiene el timbre del propio fiscal Gacitúa.
Además, el abogado manifestó que el Hospital de Angol no constató lesiones producto de una agresión sexual, por lo que criticó al Ministerio Público, que de igual manera decidió perseverar en la investigación por violación, pese, insistimos, a que la denunciante confesó haber denunciado a Tillería por celos.

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Ricardo Barría Dillems, ingeniero comercial, magister en comunicación. Editor de AraucaniaDiario, miembro de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).