El riesgo de la consulta indígena sobre el proyecto de nueva Constitución

"El proceso de consulta indígena propiamente tal se inicio este 14 de febrero, pero como es posible apreciar, las normas en materia de pueblos originarios ya fueron aprobadas en diversas comisiones", dijo Richard Caifal.

Consejos Políticos Mapuche

Sin duda que la consulta indígena es una de las condicionantes más fuertes que ha impuesto el Convenio 169 de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), a las naciones que lo han adoptado, como en el caso de Chile. Implica, entre otros puntos, que toda medida legislativa que pueda afectar a los pueblos originarios de un país, debe ser consultada previamente a los pueblos que afectarían.

Sin embargo, hasta el momento en la Convención Constitucional no ha sido así y ya se han aprobado distintas medidas legislativas para incluir en la Carta Magna de nuestro país, sin realizar la consulta indígena, proceso que como tal, recién comenzó ayer. Así lo reclamó el ex gobernador de la provincia de Cautín Richard Caifal y también lo discuten desde Enama.

"La consulta indígena por definición es previa, libre e informada. Situación que en la realidad no ocurre. Por otro lado el plazo establecido para este proceso es de 19 días, lo cual resulta ridículamente breve, transgrediendo incluso lo que señala el convenio 169 de la OIT y el reglamento establecido en el decreto 66, que refieren un plazo de 125 días", dice Richard Caifal.

"En la forma que se planteó la consulta, no se busca llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento, ya que los plazos son en extremo breve. Con ello se vulnera el alma del convenio 169 y la declaración derechos de los pueblos indígenas", agrega el ex gobernador.

"El retraso que se aprecia en la consulta es responsabilidad de los propios convencionales, ya que se enfrascaron en disputas internas que derivaron en la renuncia del coordinador Victorino Antilef", finaliza Richard Caifal.

Enama

"La consulta indígena es el hecho político más importante para nosotros, el pueblo nación mapuche, ya que en los 139 años (1883 - 2021) desde que fuimos incorporados, a la fuerza, al Estado de Chile, nunca se nos ha considerado con derechos diferenciados que respeten nuestra cosmovisión, tradiciones y valores propios, legados por nuestros antepasados. Por tanto, ningún mapuche puede restarse de este proceso", manifiesta Hugo Alcamán, presidente de Enama.

"Manifestamos nuestra preocupación por la aprobación de normas en materia indígena en forma previa a la consulta indígena, ya que estas pueden ser cuestionadas, como también el proceso de consulta por no responder a ningún estándar mínimo establecido por los organismos internacionales, atendiendo que, dichos derechos, se enmarcan en los derechos humanos", agrega Alcamán.

Propiedad privada de tierras indígenas

"Hacemos presente, la experiencia de 27 años de la ley indígena 19.253 de 1993, que nos ha demostrado el grave error al establecer la propiedad comunitaria y la excesiva dependencia estatal en materia de desarrollo económico, teniendo como resultado mantener en la pobreza a los pueblos originarios lo que hace imperioso que se incorporen dos derechos fundamentales : 1) el derecho a la propiedad privada de las tierras indígenas y el 2) derecho a la libre iniciativa a emprender cualquier actividad económica", señala Hugo Alcamán.

Preguntas consulta indígena

Durante la consulta, las comunidades deberán deliberar sobre un documento que consta de cinco principios y 25 derechos colectivos de los pueblos indígenas, el cual tiene cinco preguntas de carácter general sobre estos y otros derechos o temáticas que los propios pueblos pueden indicar.

"Para los Pueblos Originarios, ¿qué debería estar escrito en la Nueva Constitución?"; "¿Qué se necesitaría para que esto se haga realidad?"; "¿Qué normativa propones?"; "¿Los Pueblos Originarios están de acuerdo con que estos principios y derechos sean incorporados a la Nueva Constitución?"; "¿Consideras que falta alguna otra temática? ¿Cuál?", son las preguntas de la consulta.

Así las cosas, resta esperar qué sucederá con este proceso y si alguno de los afectados, personas naturales, agrupaciones o instituciones, reclaman sobre la manera en que se llevará a cabo la consulta y sus plazos, ya que como bien se puede leer en las preguntas que se realizarán, varias ya han sido contestadas por los propios constituyentes antes de consultar.

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