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La Defensoría Penal Pública presentó un recurso de Amparo a favor del condenado por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay. En la actualidad hace uso de los beneficios de salida dominical y trimestral.
La Región19/12/2022A lo sucedido con el también condenado por el asesinato del matrimonio Luchsinger-Mackay, José Tralcal Coche, quien quedó con el beneficio de libertad condicional, se suma en estos días la decisión que deberá adoptar la Corte de Apelaciones de Temuco, sobre el recurso de Amparo presentado por la Defensoría Penal Pública, a favor del machi Celestino Córdoba.
La acción presentada busca que al comunero mapuche se le otorgue también la posibilidad de salir con libertad condicional, ya que según su defensa, reúne los requisitos para poder optar a este beneficio, el cual la Comisión de Libertad Condicional le estaría negando de forma arbitraria e ilegal.
Y es que la comisión encargada de revisar las solicitudes negó lo solicitado por la defensa de Córdova debido a los siguientes argumentos: “5° Que, en mérito de lo señalado, y el hecho de NO HABER DEMOSTRADO AVANCES EN SU PROCESO DE REINSERCIÓN SOCIAL, al no presentar conciencia del mal causado, ni rechazo explícito al delito cometido; se rechazará su petición", dice la Comisión de Libertad Condicional.
"El (en) efecto, conforme se desprende del informe psicosocial el condenado no reconoce el delito que cometió y niega su participación en el mismo, demostrando con ello una total falta de empatía y una mermada capacidad para enjuiciar críticamente su comportamiento, sin lograr evidenciar el carácter ilícito de sus acciones. Lo anterior, deja de manifiesto que el postulante no cumple con el requisito establecido en el artículo 2 N°3 del Decreto Ley 321", complementa la resolución.
Sin embargo, la abogada Catalina Salvo, en representación de Celestino Córdoba, planteó que lo argumentado por la comisión es errado y que afecta de manera ilegal y arbitraria el derecho a la libertad personal y seguridad individual de Celestino Córdova, en un recurso de amparo que se deberá resolver esta semana.
"... mi representado cumple con todas las exigencias impuestas por el Decreto Ley N°321 y su reglamento N°338 de 20 de septiembre de 2020, inaplicando, la Comisión de Libertad Condicional, tal normativa desde el momento en que le deniega la concesión de la Libertad Condicional, fuera de las formas y casos previstos por ley", explicó la abogada.
La representante de la Defensoría Penal Pública argumentó que el machi ha recibido ya algunos beneficios penitenciarios, los que ha cumplido satisfactoriamente, respetando las condiciones y horarios de los mismos (salida trimestral (mayo/2022), dominical (Concedida el 28-04-2022) y de Fin de Semana (otorgado el 26-08-2022)).
"... la única forma de restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del amparado, es que esta Iltma. Corte acoja la acción constitucional y deje sin efecto la resolución recurrida, otorgando derechamente la libertad condicional a mi representado, por cumplir con todos los requisitos previstos por el Decreto Ley y su reglamento", solicitó la abogada de Celestino Córdoba.
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