
Comunidades de Ercilla rechazan instalación de TAG en Ruta 5 Sur
En un proceso de consulta indígena dirigentes de la Mesa Territorial se percataron que se les pretende cobrar por transitar entre Collipulli, Ercilla y Victoria.
La Corte de Temuco ordenó a la PDI que "extreme las precauciones, en especial en contextos en los que se encuentren presentes niños, niñas y adolescentes" de la etnia.
La Región05/11/2025
Equipo AraucaniaDiario
Nuevamente la Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de Amparo, en contra de la Policía de Investigaciones (PDI), tras un allanamiento realizado el 13 de agosto pasado en la comunidad mapuche Chequenco, comuna de Ercilla, donde el operativo se desarrolló de manera violenta en presencia de niños, vulnerando gravemente sus derechos.
El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) de La Araucanía interpuso la acción legal en favor de un niño de 9 años y una niña de 3 años, cuyas viviendas fueron intervenidas de forma desproporcionada, en una acción que la Corte catalogó como excesiva.
En su sentencia, en la causa rol N°356-2025, el tribunal de Alzada reconoció que, si bien el operativo contaba con autorización del Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli, la ejecución sobrepasó los límites permitidos. "La actuación policial se efectuó en forma desproporcionada y vulnerando derechos de niños de corta edad, teniendo presente, en el caso de estos menores de edad, que la circunstancia de residir aquellos en el lugar, no podía sino ser conocida por los agentes policiales", señal´po la resolución.
Además, el fallo agregó que el procedimiento, realizado alrededor de las 4:00 AM y con uso de fuerza "no podía sino causar una alteración y afectación anímica a los aludidos infantes, debido a su escasa edad y contextura física".
El fallo enfatizó que la PDI faltó a su deber de apego irrestricto al respeto, garantía y promoción de los derechos de los niños, al corresponder un grupo de especial protección, lo que se ve reforzado por la pertenencia a un pueblo originario.
En consecuencia, la Corte acogió el recurso y ordenó a la PDI que, en procedimientos futuros "extreme las precauciones, en especial en contextos en los que se encuentren presentes niños, niñas y adolescentes, personas pertenecientes a pueblos originarios y espacios de significación cultural, adoptando protocolos de actuación compatibles con los estándares nacionales e internacionales en materia de derechos humanos".

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