
Guardia que denunció violación en Collipulli pierde demanda laboral
Especial importancia tuvo la presentación de testigos que fueron calificados como "no imparciales" por el Tribunal, mientras la causa penal se mantiene suspendida.
José Carrasco fue formalizado por conducción en estado de ebriedad causando daños, lesiones y la muerte de una persona, y por infringir las normas sanitarias al irrespetar el horario de toque de queda.
La Región16/06/2020
Yuliana Montiel
Desde el Sábado José Carrasco se encuentra en prisión preventiva, tras protagonizar un accidente de tránsito que dejó a una persona fallecida, cuando conducía en estado de ebriedad y bajo el efecto de las drogas, en pleno toque de queda.
"Se formalizó la investigación de este imputado y los hechos que se han podido establecer durante la investigación es que ese día 13 de junio en horas de la madrugada, el imputado conducía su vehículo bajo los efectos del alcohol y también bajo los efectos de droga, específicamente marihuana. Conducía por la avenida Pedro de Valdivia y debido al estado en que se encontraba, perdió el control del vehículo colisionando contra dos domicilios de la avenida Pedro de Valdivia", comentó la fiscal Adelina Barriga.
En la audiencia realizada mediante vídeo conferencia, la fiscal indicó que producto del impacto falleció Mayra Espíndola Recabarren, quien viajaba en el asiento trasero del mismo automóvil. "Resultó fallecida por un traumatismo encefalocraneano", dijo. Otra de las pasajeras sufrió lesiones leves.
"Se puede establecer que el imputado conducía bajo los efectos del alcohol por cuanto personal de Carabineros que llegó al lugar le practicó el examen de alcotest, el cual dio positivo para conducción en estado de ebriedad, y además se pudo establecer que el imputado previamente había consumido marihuana, ello por el testimonio de otra de las pasajeras del vehículo, sobreviviente en este caso", explicó la persecutora.
Carrasco fue formalizado por conducción en estado de ebriedad causando daños, lesiones y la muerte de una persona, y por el delito 318 del Código Penal, dado que conducía durante horario de toque de queda, infringiendo las normas sanitarias decretas por l autoridad en tiempo de catástrofe.

Especial importancia tuvo la presentación de testigos que fueron calificados como "no imparciales" por el Tribunal, mientras la causa penal se mantiene suspendida.

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